La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó la adhesión a la moratoria para monotributistas. De esta forma, los contribuyentes del régimen simplificado podrán regularizar sus deudas en hasta 60 cuotas y con una tasa de interés máxima del 1,5%.
Los monotributistas tendrán hasta el 30 de septiembre para adherirse a la moratoria y así poder ingresar a los planes de pago de obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de 2021.
La moratoria para monotributistas
Las condiciones de pago impuestas por AFIP dependerán de la situación en la que se encuentren los monotributistas:
Categorías A a D: hasta 60 cuotas y con 1,25% de tasa efectiva mensual de financiamiento.
Categorías E a K y sujetos no inscriptos en el régimen simplificado: hasta 48 cuotas y con 1,50% tasa efectiva mensual de financiamiento.
Antes de saldar las deudas con AFIP, hay que tener en cuenta dos cosas. En primer lugar, las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, a excepción de la primera, la cual incluirá la suma de los intereses. Además, el monto de cada cuota deberá ser igual o superior a $100.
Por otra parte, la fecha que se tendrá en cuenta para el cálculo de la deuda será la correspondiente a la fecha de la solicitud de adhesión. De esta forma, las cuotas vencerán el 16 de cada mes a partir del siguiente.
Cómo adherirse a la moratoria de AFIP
Ingresar con clave fiscal al portal Monotributo.
Seleccionar en “Estado de Cuenta” la opción “Mis Facilidades”.
Convalidar, modificar, incorporar y/o eliminar la obligación adeudada a regularizar.
Elegir el plan correspondiente a la Resolución General 5034.
Seleccionar la Clave Bancaria Uniforme (CBU) a utilizar.
Consolidar la deuda y seleccionar la forma de pago, que podrá ser:
Plan de Facilidades de Pago: deberá elegir la cantidad de cuotas y enviar la solicitud de adhesión.
Pago al contado: se generará un VEP que tendrá validez hasta la hora 24 del día de su generación.