La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó que el programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) cerró la inscripción el pasado martes 4 de agosto, para aquellas empresas privadas que buscaban asistencia del Estado para el pago de salarios en agosto de sus empleados durante la pandemia de Covid-19.
El ATP tuvo 248 mil empresas empleadoras beneficiarias en abril, 250 mil en mayo y 218 mil en junio, con 2,4; 2,1 y 1,8 millones de trabajadores beneficiarios, respectivamente, reseñó la Subsecretaría de Comunicación Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros.
El nuevo esquema de ATP ofrece dos opciones de asistencia: el salario complementario (para aquellas empresas cuya facturación en junio 2020 haya sido nominal negativa respecto a igual período del año anterior) y un préstamo garantizado y con tasa subsidiada (para aquellas empresas que hayan registrado un aumento nominal positivo de su facturación de hasta el 30%, periodo junio 2020 contra junio 2019).
El salario complementario para las empresas que se desempeñan en sectores considerados "críticos", que comprende a los rubros entretenimiento, cultura, deportes y salud, fue uno de los temas abordados en la reunión.
Consulta aquí el salario cuándo se abona el ATP.
Al respecto, se determinó que será de hasta dos salarios mínimos, vitales y móviles ($33.750); mientras que el resto de los sectores serán atendidos a través de un salario complementario equivalente a un haber y medio mínimo vital y móvil.
Como en las versiones anteriores del ATP, la nómina salarial de las empresas a tomar en cuenta para el cálculo de la asistencia no considerará los casos de trabajadores cuyo sueldo bruto supere los $140 mil.
El segundo componente de este nuevo ATP se ofrece a través de un crédito para las empresas de hasta 800 trabajadores, cuya facturación nominal haya experimentado una variación interanual nominal positiva de hasta 30%, destinado al pago de salarios de los empleados y serán otorgados a través de las entidades financieras.
Estos créditos estarán garantizados y su tasa será subsidiada teniendo en cuenta tres tramos de facturación: si la facturación de la empresa fue entre 0 y 10% más que en junio de 2019, el crédito tendrá una tasa de 0%; si el incremento interanual de la facturación fue de entre 10,01 y 20%, la tasa será de 7,5%; y para las empresas que hayan facturado entre 20,01 y 30% más, la tasa será de 15% anual.