La Cámara Federal porteña confirmó la validez de la pericia interdisciplinaria de Gendarmería, que determinó que el fallecido fiscal Alberto Nisman fue asesinado. Lo hizo al rechazar un planteo de nulidad del acusado Diego Lagomarsino.

 

La decisión fue de la sala II del Tribunal de Apelaciones, que ratificó que la pericia es válida como una prueba más en la causa que investiga la muerte de Nisman en enero de 2015, cuando fue encontrado con un tiro en la cabeza en su departamento de Puerto Madero, tras haber denunciado a la expresidenta Cristina Kirchner y a otros implicados por supuesto encubrimiento agravado de ciudadanos iraníes con pedido de captura internacional por el atentado a la AMIA.

 

 

Los abogados de Lagomarsino, Gabriel Palmeiro y Martín Chasco, habían argumentado que los resultados de la pericia encomendada a Gendarmería resultaron “carentes de fundamentación” y fueron elaborados “con la finalidad de buscar la confirmación de una hipótesis predefinida, llevando idénticas falencias el practicado por los peritos de la querella representada por las hijas” del fallecido fiscal.

 

Para la defensa del técnico informático, que ya fue indagado como supuesto partícipe primario y cuya situación procesal debe definir el juez federal Julián Ercolini, la pericia es inválida porque hubo “direccionamiento” y además “ruptura de la cadena de custodia” de las pruebas.

 

Pero los camaristas Martín Irurzun y Eduardo Farah rechazaron los argumentos y remarcaron que no pudo probarse ninguno de estos cuestionamientos y que sólo se mostró una “discrepancia” con los resultados del peritaje, uno más de los varios incorporados en la investigación, sostuvieron.

 

 

“Puestos a examinar la cuestión, el Tribunal advierte que, pese a lo manifestado en contrario por la defensa de Lagomarsino, el debate que se propone efectivamente gira en derredor de la discrepancia con las conclusiones a que arribó el citado cuerpo pericial”, explicaron los jueces.

 

Sobre el valor probatorio de la pericia, advirtieron que “su fuerza convictiva será materia de estudio en la oportunidad de efectuarse el análisis integral de la totalidad de las pruebas incorporadas -que incluyen la consideración de los aspectos controvertidos- pues, al igual que los restantes peritajes practicados, se encontrarán sujetos a la razonable y prudente apreciación judicial, en tanto se trata de un elemento más y no el único”.

 

Fuente: Télam