Dos mujeres que venían trabajando desde la década del "90 en la municipalidad de Chimbas bajo programas nacionales y que luego accedieron a un contrato se quedaron sin ese último vínculo laboral, dado que al inicio de la gestión de Fabián Gramajo no se les renovó la contratación. Así, a través de sus abogados, acudieron a la Justicia para conseguir la reincorporación en sus puestos y que les abonen las remuneraciones impagas desde 2016. Y si no tuvieran eco sobre esos puntos, que reciban una indemnización. Desde el área legal de la comuna se oponen al planteo de las demandantes porque, entre otros puntos, dijeron que una de las mujeres está jubilada y que el régimen de contrato no crea una relación de estabilidad laboral, por lo que no corresponde el reintegro a sus actividades ni un pago indemnizatorio.
Luego de que cada parte aportara sus pruebas, la causa ingresó en la etapa de resolución, la cual se encuentra en manos de la jueza Adriana Tettamanti, del Contencioso Administrativo. Además de este caso en particular, su sentencia marcará los alcances del régimen de contratación en los municipios y si cabe la posibilidad de reincorporación. Su fallo puede ser apelado por cualquiera de los interesados, por lo que, si eso ocurre, será una instancia superior la que terminará de dirimir el conflicto.
Las demandantes son Gladys Muñoz y Marisa Nieto, quienes cuentan con el asesoramiento de los abogados Edgardo Correa y Federico Villa. De acuerdo al expediente, la primera de las mujeres señaló que tiene un vínculo laboral con el municipio desde 1997, mientras que la segunda lo tiene desde 1994. Según contaron los profesionales, ambas mujeres habían conseguido planes nacionales y después obtuvieron contratos de colaboración, los que fueron dados de baja en enero de 2016, en la primera gestión del intendente Gramajo. Correa explicó que durante tantos años se generó un vínculo laboral con la comuna, desde donde les impartían las tareas a desarrollar. Por su parte, Villa destacó que hubo un acto de discriminación contra sus clientes, ya que, según dijo, hubo un expediente en el que se iba a traspasar a un grupo de contratados a planta permanente, en el que se encontraban Muñoz y Nieto, pero que luego fueron las únicas que no terminaron incorporadas a la plantilla de efectivos.
En la contestación de demanda, la apoderada del municipio, Natacha Garay, negó de plano tal situación. Al ser consultada, la abogada inclusive manifestó que Muñoz cuenta con un haber jubilatorio, por lo que hubiera resultado imposible sumarla al staff de planta permanente. Además, indicó que la mujer recibía un subsidio de la comuna. En cuanto a Nieto, destacó que el contrato que tenía con la municipalidad era de entre seis y nueve meses y resaltó que una de las características de dicho régimen es que es temporal, al punto de que la relación contractual vencía en diciembre. Y en segundo término, indicó que el mecanismo no crea un vínculo laboral entre el Estado comunal y los contratados, por lo que rechazó que correspondiera algún tipo de indemnización.
Las posturas se encuentran tan contrapuestas que no hubo acuerdo en la etapa de mediación previa obligatoria. Según fuentes judiciales, dicha instancia empezó en noviembre de 2017 y culminó en septiembre de 2018, en la que las demandantes reclamaron la reincorporación y el pago de sus salarios caídos desde el 9 de enero de 2016, lo que estimativamente calcularon en 90 mil pesos para cada una.
Demandantes
Las mujeres, a través de sus abogados, señalaron que vienen trabajando en el municipio desde la década del "90. Pidieron la reincorporación a sus puestos y que les abonen sus remuneraciones caídas. Si no tuvieran eco sobre esos puntos, que las indemnicen.
Postura municipal
Desde el área legal rechazaron la demanda en todos los términos. La abogada Natacha Garay dijo que una de las mujeres tiene una jubilación. Destacó que los contratos no generan un vínculo laboral para la comuna que obligue al pago de una indemnización.
En la Justicia
La instancia de mediación obligatoria fracasó, por lo que la causa se judicializó. Luego de que cada protagonista aportara sus pruebas, la causa quedó en estado de resolución, cuya definición está en manos de Adriana Tettamanti, del Contencioso Administrativo.