Un albañil de 27 años se benefició con la aplicación de una ley penal más benigna, pero igual fue condenado a 6 años por el juez Martín Heredia Zaldo (Sala I, Cámara Penal), que adhirió así al planteo de la fiscal Marcela Torres y lo consideró culpable del abuso sexual gravemente ultrajante sufrido por su prima, cuando tenía 4 o 5 años y la obligó a practicarle sexo oral. El magistrado también cambió las condiciones de detención del ahora castigado, pues le revocó la prisión domiciliaria y lo mandó al penal de Chimbas, indicaron fuentes judiciales.
Hoy, ese tipo de ataque sexual es equiparado a una violación. Pero cuando ocurrió el hecho, esa práctica se consideraba un abuso gravemente ultrajante. El caso llegó a la Justicia gracias a una prima de la nena que, cuando tenía 11 años, un día de abril de 2019, estalló en lágrimas y le contó que cuando era más pequeña, su primo la invitó a comprar petardos pero luego la llevó hasta un canal y la obligó practicarle sexo oral. La defensa había pedido absolución por inimputabilidad, por un supuesto problema mental de su cliente, pero el juez consideró que esa situación no se probó.