El locutor fue acusado por seis episodios diferentes pero solo recibió condena por uno de ellos, ocurrido el 18 de abril de 2016, y que fue presenciado por un testigo, un paciente al que atendía la denunciante.
El paciente escuchó por el teléfono celular en altavoz de su terapeuta que "un hombre que se identificó como ‘Gustavo’, la conminaba a retomar el vínculo, amenazándola con matarla si no lo hacía". "Pocos segundos después, el teléfono volvió a sonar y nuevamente la misma persona le profirió una serie de insultos, cortando la terapeuta la comunicación rompiendo en llanto, manifestándole que se trataba de su expareja", relata el fallo. El requerimiento de elevación a juicio le imputó a Lutteral haberle dicho a su víctima que "debía cuidarse de salir de su casa ya que la mataría, y que además expondría los elementos que tenía en su poder, haciendo referencia implícita a videos de contenido sexual en los que aparece la damnificada". "Todo ello –añade el documento- con la clara intención de determinarla a retomar el contacto".
Lutteral fue condenado el 5 de agosto de 2019 en un fallo unipersonal de la jueza Silvia Mora, del Tribunal Oral Número 10, por "amenaza coactiva en concurso real con desobediencia a funcionario público". El conductor casó el fallo a través de sus abogados, Héctor Zárate y Marcelo Biondi, pero el máximo tribunal penal porteño ratificó la condena. El fallo que confirma la pena fue firmado por los jueces Jorge Rimondi y Gustavo Bruzzone.
En 2016 él estaba casado con la mamá de los hijos, en plena etapa de separación y empieza a salir con la denunciante. Desde 2012 tenían relación de amantes, durante algunos lapsos. Según el abogado de la denunciante, Lutteral “empieza a tener actitudes raras”. “Es bastante posesivo con las mujeres. Ella ve estos temas y le dice que quiere romper la relación, entonces él se pone mal. Le dice cosas como: ‘Si no seguís conmigo voy a hacer conocer nuestras fotos de la intimidad’”.
“Eso es coaccionar: si se iba, él ventilaba cosas que tenían”, contó Gustavo D’Elía, abogado de la denunciante, asegurando que la relación entre ambos empeoró hasta que el 21 de febrero de 2016 Lutteral la habría llamado por teléfono 118 veces, entre las 2 de la mañana y las 6 de la tarde: “Hablaron ocho veces; 110 llamó y cortó. Esto está constatado por las pericias telefónicas”.
A partir de las reiteradas llamadas, la denunciante recurrió a la Oficina de Violencia Doméstica y solicitó una medida perimetral con una prohibición de contacto que, según el abogado, le fue otorgada al día siguiente por la jueza civil. Al ser consultado sobre si su clienta tenía miedo de que esta circunstancia pudiera llegar a mayores, fue contundente: “Claro, a cualquier mujer le pasaría. Es difícil”. A pesar de la medida, según el relato, “Lutteral no paró”. “Siguió llamando en reiteradas oportunidades, volvía con el tema de los videos y las fotos. Entonces hace la denuncia nuevamente, por el delito de desobediencia”. El juicio se desarrolló entre junio y julio en el Tribunal Oral en lo Criminal Número 10: “El 5 de agosto de 2019 la jueza Mora, luego de un juicio escabroso, arribó a que fuera absuelto de cuatro hechos y que fuera condenado por el delito de desobediencia a dos años y 2 meses de prisión en suspenso”.
