El Gobierno anunció que las nuevas medidas de confinamiento estarán acompañadas por una mayor asistencia a las empresas y las familias, a través del plan Repro II (programa de Recuperación Productiva).
Así, el Ejecutivo dispuso incrementar el monto máximo del beneficio a $22.000 por relación laboral para los empleadores encuadrados en los sectores críticos y salud.
Las empresas pertenecientes a los sectores críticos particularmente afectados por la actual coyuntura contarán con los siguientes beneficios:
- Reducción del 100% de las contribuciones patronales destinadas al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
- Requerimiento de información limitada a dos indicadores, facturación y liquidez corriente. Se exime de la obligación de presentar balance.
- Para evaluar la variación de la facturación, se compara todos los días de mayo de 2019 contra los primeros 24 días de mayo de 2021. Esto implica que el Programa asume que la empresa no tendrá facturación entre el 25 y el 31 de mayo.
Se amplía el listado de actividades consideradas “críticas”, incorporando a los siguientes sectores:
- Comercio de rubros no esenciales (indumentaria, textiles, cuero, calzado, electrónica, electrodomésticos, muebles y vehículos, entre otros)
- Comercio de ramas esenciales pero que en los últimos meses han estado afectados por la caída de la circulación (por ejemplo, kioscos, panaderías, heladerías y estaciones de servicio).
El monto del beneficio alcanza a los $22.000 por trabajador independiente y alcanzará a los siguientes sectores:
- Gastronomía
- Turismo
- Transporte
- Industrias culturales
- Actividades deportivas y de esparcimiento
- Comercio de rubros no esenciales y de ramas esenciales pero que en los últimos meses han estado afectados por la caída de la circulación
- Peluquerías y centros de belleza
Cuando deben anotarse las empresas
La inscripción al Programa será desde el 26 de mayo hasta el 1 de junio. Para acceder al beneficio, los trabajadores deberán reunir con las siguientes condiciones:
- Contar con al menos dos aportes en los últimos seis meses en el régimen de monotributo y/o autónomo.
- Presentar una reducción de la facturación mayor al 20% en términos reales, entre mayo de 2019 y del 1° al 24° de mayo de 2021.
- Para el caso de ser empleador deberá registrar un nivel de liquidez corriente inferior a un valor establecido por el Comité de evaluación y seguimiento del REPRO 2.