Los dos camaristas federales que el viernes pasado ordenaron la excarcelación del empresario kirchnerista Cristóbal López, Jorge Ballestero y Eduardo Farah, fueron denunciados hoy penalmente en Comodoro Py por ese fallo.

 

La denuncia fue presentada verbalmente por el abogado Adrián Bastianes ante la Oficina de Sorteos de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal. El sorteo determinó que la misma recayera en el juzgado 9, a cargo de Luis Rodríguez.

 

Bastianes dijo que cuando sea citado a ratificar la denuncia presentará ante el juez los fundamentos de la misma. Sin embargo, al calificar penalmente los hechos denunciados mencionó los delitos de cohecho -eufemismo jurídico de las más populares coimas-, prevaricato -dictar resoluciones contrarias a la ley- y violación de los deberes de funcionario público.

 

El denunciante le adelantó a Clarín que su presentación está relacionada con que un tribunal superior a la Cámara Federal penal porteña que integran Ballestero y Farah, la Cámara Federal de Casación Penal, había resuelto lo contrario a lo dispuesto ahora por ellos en noviembre pasado.

 

En efecto, la Cámara de Casación había dicho que el caso de López no debía ser tratado como una simple evasión tributaria sino que formaba parte de una defraudación al Estado que podía estar relacionada con los escándalos de corrupción que rodean a la ex administración kirchnerista. Fue al resolver un conflicto de competencia con el fuero Penal Tributario.

 

Pero el viernes pasado, los dos camaristas denunciados sostuvieron que el caso debe ser encuadrado como una “apropiación indebida de tributos”, excarcelable y castigada con una pena que va de los dos a los seis años de prisión, y no como una administración fraudulenta de la empresa Oil Combustibles, agravada por el perjuicio del Estado.

 

Oil, presentada a principios de 2016 en concurso de acreedores, le debe a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) unos 8 mil millones de pesos reconocidos por la Justicia en ese proceso, pero que se elevarían a 17 mil millones con punitorios e intereses.

 

La deuda se acumuló a través de planes de pago excepcionales otorgados por el organismo recaudador durante la administración kirchnerista, jamás cumplidos, y corresponde al Impuesto a la Transferencia de Combustibles (ITC), un gravamen que las estaciones de servicio de Oil debían girar a la AFIP al funcionar como agente de retención cada vez que un automovilista cargaba nafta en sus puestos de venta.