En la madrugada del 16 de noviembre de 2011, el entonces delegado local de Vialidad Nacional, Rubén Lomas, sufrió un grave atentado en su casa, ya que delincuentes lanzaron una bomba molotov y las llamas tomaron una ventana, la persiana y las cortinas, pero los integrantes de la familia alcanzaron a sofocarlas. Por el ataque habían sido procesados tres dirigentes del Sindicato de Trabajadores Viales y Afines de la República Argentina (STVyARA), pero, tras una apelación, dos de ellos habían quedado cerca de quedar desvinculados. Es que desde el área legal de la repartición nacional insistieron en que Carlos Ordoñez y su hijo Sebastián debían quedar implicados en la causa, pero trascendió que la Cámara Federal de Mendoza terminó ratificando el sobreseimiento de ambos dado que no hay elementos para determinar su participación en el hecho. El que sí va camino a juicio es Guillermo Augusto Lucero, quien tiene un procesamiento confirmado como presunto responsable del delito de incendio con riesgo para bienes y personas, dijeron fuentes judiciales.
El área legal de Vialidad Nacional buscó inculpar a los Ordoñez, pero no tuvo éxito.
El caso reveló el enfrentamiento que tenían miembros del gremio STVyARA con el extitular del distrito 9 de Vialidad Nacional. De hecho, del expediente surge que hubo dirigentes que acusaron a Lomas de estar ligado al sindicato UPCN y cuestionaron su política laboral. Tras el atentado, la investigación estuvo a cargo del juez federal Leopoldo Rago Gallo, quien entendió, de acuerdo a los testimonios y elementos que reunió, que hubo gremialistas que habían dejado traslucir sus ganas de dañar a Lomas para "amedrentarlo" y demostrarle que tenían más poder que él, por lo que consideró que tenían participación en el ataque. En ese grupo se encontraban Lucero y Carlos y Sebastián Ordoñez. Carlos Ordoñez se viene desempeñando desde hace años como secretario General del gremio vial, mientras que los restantes habían integrado la Comisión Directiva.
Todo se había desencadenado en esa madrugada de noviembre de 2011, cuando sujetos atacaron con una bomba molotov la vivienda que Lomas compartía con su esposa y sus hijos en el predio del organismo nacional. El fuego había comenzado a expandirse, pero miembros de la familia lograron apagarlo antes de que llegara a una biblioteca y se extendieran por el resto de la casa. El funcionario estaba en ese momento en Ciudad de Buenos Aires, por lo que, cuando se enteró, volvió de inmediato a la provincia.
Tras la resolución de Rago Gallo, los imputados apelaron y la Cámara Federal de Mendoza confirmó el procesamiento contra Lucero, pero dispuso la falta de mérito de los Ordoñez (Ver cronología). Con ese fallo y luego de recabar más testimonios, el juez federal sobreseyó a ambos, pero el área legal de Vialidad Nacional acudió a la instancia superior para revertir esa decisión. No obstante, el tribunal mendocino, con los votos de Gustavo Castiñeira de Dios y Alfredo Porras y la disidencia de Olga Arrabal, confirmó el sobreseimiento de Carlos y Sebastián Ordoñez, por lo que ambos quedaron desvinculados. En líneas generales, desde Vialidad Nacional habían señalado que en una reunión entre sindicalistas habían surgido manifestaciones contra Lomas, pero los camaristas consideraron que tan sólo hubo referencias indirectas y que de tal encuentro "no puede concluirse la existencia de intencionalidad ni participación directa o indirecta de los señores Ordoñez en los sucesos investigados", entre las principales consideraciones.
16 de marzo
2016
El juez Leopoldo Rago Gallo procesó a Guillermo Lucero y a Carlos y Sebastián Ordoñez como presuntos responsables del delito de incendio con riesgo para bienes y personas.
5 de septiembre
2017
Tras la apelación de los imputados, la Cámara Federal de Mendoza confirmó el procesamiento contra Lucero, pero dispuso la falta de mérito contra los Ordoñez.
7 de junio
2018
Luego del fallo de Cámara, Rago Gallo recabó más pruebas y decidió sobreseer a los Ordoñez. El área legal de Vialidad Nacional apeló, pero no tuvo éxito.
El delito
El procesamiento contra Lucero es como presunto responsable del delito de incendio con riesgo para bienes y personas. La figura está contemplada en el artículo 186 del Código Penal, en los incisos 1 y 4. Las penas van de 3 a 15 años, por lo que el mínimo contempla la excarcelación.