Que la impugnación que presentó la agrupación Unidos por San Juan (UxSJ), ex Juntos por el Cambio, fue "escueta y reducida, más teniendo en cuenta la envergadura de la candidatura a Gobernador". Que se trata de una presentación que contiene una "interpretación subjetiva y errónea de la Constitución" y también es "capciosa", con el objetivo de "acomodarla a su situación personal y política pretendiendo impedir que Sergio Uñac se postule" en las próximas elecciones. Además, que no se entiende "cómo interpreta 4 periodos como Gobernador o de dónde le resulta ese número imaginario", más si ellos mismos declaran que "Uñac fue elegido vicegobernador, luego Gobernador y reelegido en el cargo", por lo que confiesan "claramente entender que ha sido reelegido una sola vez, cuando el artículo 175 de la Constitución establece hasta dos reelecciones consecutivas". Son los argumentos que usó la agrupación Vamos San Juan para defender la candidatura de Uñac. Además de UxSJ, quienes impugnaron la candidatura de Uñac fueron la subagrupación Evolución Liberal, el Partido Municipal Horizonte Democrático y el candidato a gobernador por Evolución Liberal, Sergio Vallejos Mini, quien lo hizo por derecho propio. Sobre los tres, Vamos San Juan remarcó que "son exactamente iguales" y contestó los cuatro planteos en un sólo escrito.

Es la primera vez que el sector oficialista busca revertir de manera formal las acciones que viene recibiendo de cara a las elecciones del 14 de mayo, ya que, anteriormente, existieron movidas que fueron rechazadas sin que el uñaquismo tuviera que dar una respuesta (ver recuadro). Con el escrito, el Tribunal Electoral tiene cinco días para emitir una resolución. Si el planteo es rechazado, desde UxSJ adelantaron que irán a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Para impugnar la candidatura, desde el armado que conduce Marcelo Orrego indicaron que corresponde contar como primer mandato el paso de Uñac por la vicegobernación, entre 2011 y 2015, por lo que entienden que transita su tercer período en el Ejecutivo. Así, señalaron que se debe tener en cuenta lo que indica el artículo 175 de la Constitución Provincial y el sentido que usaron los convencionales de 1986 para su sanción, cuando manifestaron que no puede alternarse el cargo del gobernador y del vice. Si bien aclararon que ese artículo fue enmendado en 2011 y ese párrafo se sacó de la redacción, sostienen que el espíritu del convencional no fue alterado.

Vamos San Juan criticó ese análisis al indicar que la Constitución no se puede interpretar y el texto que se plasmó en la enmienda de 2011 es claro. Así, dijeron que UxSJ buscó convertirse en "constituyentes ad hoc, en tanto que pueden percibir que los legisladores que cumplieron la función en 2011 intencionalmente omitieron distinguir funciones entre Gobernador y Vice, extremo descabellado que no merece conteste". Así, dijeron que "resulta intrascendente que la norma no haya literalizado lo que pasa por sus pensamientos o interpretaciones erróneas". Incluso indicaron que al momento de entrar en vigencia la enmienda constitucional, Uñac era intendente de Pocito, por lo que el anterior texto de la Constitución sólo podría aplicar a quien ocupaba el cargo del vicegobernador, Rubén Uñac.

 

Anteriores planteos

El partido Dignidad Ciudadana había presentado una acción declarativa de certeza para que la Justicia se expresara "sobre la posibilidad de que el actual gobernador Sergio Uñac pueda presentarse en los comicios" de este año. Dicha acción fue rechazada in límine (sin siquiera analizar la cuestión de fondo) por la Sala I de la Cámara Civil, por lo que ni siquiera requirió de una respuesta por parte del uñaquismo. Los jueces Abel Soria y Carlos Fernández advirtieron que "en ningún momento se cumple con uno de los requisitos exigidos" del Código Procesal Civil, el cual es identificar "el nombre y domicilio del demandado", en este caso, de Uñac. Una situación ocurrió con la presentación que un socio del giojismo, Partido del Trabajo y del Pueblo (PTP), hizo ante la Junta Electoral del frente San Juan por Todos (SJxT), ya que la movida no cumplió con requisitos formales y fue declarada inadmisible. De acuerdo al reglamento de la Junta, acordado por todos sus miembros, todo escrito debe ser efectuado en formato digital, contener un número de celular (para la comunicación de una resolución) y el correo electrónico, cosas que no cumplió el PTP. Así, fue declarado inadmisible y ni siquiera se entró a analizar la cuestión de fondo porque no cumplió con "las formalidades mínimas".

 

Plazos
Con la presentación de ayer, el Tribunal Electoral, que integra Eduardo Quattropani, Daniel Olivares Yapur y Adriana García Nieto, tiene cinco días corridos para emitir una resolución, la que puede ser recurrida ante la Corte provincial.

 

Petitorio
En el escrito, la subagrupación Vamos San Juan solicitó que “rechace sin más trámite la totalidad de los planteos impugnatorios vertidos contra la candidatura de Sergio Uñac”. Además, que “se tenga contestado la totalidad de los traslados”.