El Gobierno creó la “Comisión para la modificación parcial del Código Civil y Comercial de la Nación”. El cuerpo, que funcionará en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, deberá elevar al Poder Ejecutivo un anteproyecto del nuevo texto en un plazo de seis meses a partir de su constitución formal.

 

La decisión se comunicó a través del decreto 182/2018, que fue publicado este miércoles en el Boletín Oficial con la firma del presidente Mauricio Macri y del ministro de Justicia Germán Garavano.

 

La comisión estará integrada por Julio César Rivera; Ramón Daniel Pizarro; Diego Botana; Agustina Díaz Cordero, quien se desempeñará como secretaria académica; y Marcelo Alejandro Rufino, quien actuará como secretario “ad hoc”. “Los miembros de la Comisión desarrollarán su tarea ‘ad honorem'”, aclara el decreto.

 

“Transcurridos dos años de la entrada en vigencia del Código Civil y Comercial de la Nación, a partir de su aplicación y de la dinámica constante de la realidad, se evidencia la necesidad de efectuar ciertas modificaciones en su articulado, reformando algunos aspectos e introduciendo otros que no fueron considerados al tiempo de su redacción”, explicó el Ejecutivo en los considerandos.

 

El Gobierno recordó que un equipo de especialistas convocados y reunidos en el ámbito del Programa Nacional de Coordinación General de Derecho Privado trabajó en la iniciativa Observatorio del Código Civil y Comercial del Programa Justicia 2020 y “concluyó que resulta necesario efectuar ajustes puntuales al Código vigente”.

 

El cuerpo “dictará su propio reglamento interno de funcionamiento y deberá articular su accionar con el ‘Programa Justicia 2020’ (…) a los fines de hacer uso de la plataforma digital del Programa, informar los avances del proyecto y recibir allí los aportes que aseguren la representación federal y pluralista de la sociedad”, añade el texto oficial.

 

El Ejecutivo también indicó que “para el cumplimiento de su cometido la Comisión contará con el apoyo técnico y administrativo del Ministerio, el que dictará las normas complementarias, aclaratorias y operativas que resulten necesarias para el cumplimiento del presente acto”.