El Gobierno dispuso un aumento por decreto para todos los trabajadores en relación de dependencia del sector privado por $4.000, que se pagará en enero y febrero.

Así lo dispuso en un decreto cuyo texto se conoció esta tarde, en el que se dispone “un incremento salarial mínimo y uniforme para todos los trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia del Sector Privado, que ascenderá a la suma de $3.000 que regirá desde el mes de enero de 2020 y, a partir del mes de febrero de ese año, se deberá adicionar a dicho incremento la suma de $1.000”.

La noticia, que trascendió hoy luego del mediodía, fue confirmada en una conferencia de prensa del ministro de Trabajo, Claudio Moroni.

“No es un bono”, aclaró en ministro, quien definió la jornada como un “día complicado”. “Apuntamos a los sectores más bajo de la escala salarial con un piso de negociación. No queremos suplir a la negociación colectiva, sino simplemente fijar un piso para que los sectores que habían quedado postergados", dijo.

Así, unos 1,3 millones de trabajadores recuperan el poder adquisitivo perdido en todo el 2019. “Es el 20% de los trabajadores”, detalló el funcionario que aclaró que se eximirá a los empleadores de pagar contribuciones patronales sobre estas sumas por tres meses.

También el ministro confirmó que si bien el sector público queda afuera de este decreto, el Gobierno tomará la semana próxima una medida de alcance similar. También se discutirá puntualmente con sectores como empleados rurales y empleados y empleadas domésticos, afirmó.

 

El decreto

 

El artículo 2do aclara que el incremento “deberá ser absorbido por las futuras negociaciones paritarias. No deberá ser tenido en cuenta para el cálculo de ningún adicional salarial previsto en el convenio colectivo o en el contrato individual de trabajo, en tanto no sea pactado específicamente para este incremento un criterio distinto mediante negociación colectiva”.

Luego advierte que "para facilitar el control por parte de los trabajadores y trabajadoras, deberá consignarse en el recibo de haberes, como un rubro independiente denominado ´incremento solidario´”.

Si el trabajador cumple menos horas que la jornada legal o convencional, percibirá “el incremento en forma proporcional, de acuerdo a las pautas del convenio colectivo aplicable o, supletoriamente, según las reglas generales contenidas en la Ley N° 20.744 (de Contratos de trabajo)”.

Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (en los términos del artículo 2° de la Ley 24.467) si cuentan con un certificado MiPyme otorgado por el ex Ministerio de Producción (ahora de Desarrollo Productivo) “quedarán eximidas del pago de las contribuciones patronales” por el término de tres meses o hasta que el aumento sea absorbido por las futuras negociaciones paritarias. Podrán gozar del mismo beneficio las empresas MiPyme que obtengan este certificado en los próximos 60 días corridos.

El artículo 4° excluye en forma explícita a los trabajadores del sector público nacional, del régimen de Trabajo Agrario y del personal de Casas Particulares. Mientras que para los empleados públicos la semana próxima se conocería otro decreto con un aumento de $ 3000, para los otros dos sectores se estudiará el tema a través de “comisiones”.

El último artículo faculta al Ministerio de Trabajo, empleo y Seguridad Social que conduce Moroni como autoridad de aplicación, con la facultad de “dictar las normas complementarias, y aclaratorias del presente decreto”.