El caso salió a la luz porque un hombre, a través de un medio radial, reveló que no quería que su esposa se realizara un aborto legal, dado que busca hacerse cargo del bebé. Su pedido no quedó ahí, ya que, por medio de sus abogados, acudió a la Justicia con una cautelar para frenar la interrupción del embarazo, la cual fue rechazada. No obstante, fuentes calificadas aseguraron que el marido fue el primero que inició el trámite en la Obra Social Provincia (OSP) para la autorización de la práctica abortiva para la mujer. Sin embargo, a los 10 días, dio marcha atrás y dejó sin efecto el planteo, por lo que, después de esa decisión, la esposa solicitó el procedimiento como afiliada indirecta.
Las identidades de ambos se reservan debido a lo sensible de la causa y porque ambos tienen hijos con otras parejas, sumado a que a la mujer le asiste el derecho a la confidencialidad tras solicitar la aplicación de la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE). Si bien continúan casados, la relación está rota, al punto de que el hombre le dijo a este medio que iniciará los trámites de divorcio.
El dato es llamativo, quizás, propio de los vaivenes de cualquier vínculo afectivo entre dos personas. Cuando rechazó la suspensión de la interrupción del embarazo, la jueza Amanda Días, del Juzgado Civil Nº11, resaltó en su resolución que le había llamado "poderosamente la atención" que ninguno de los abogados del marido (Mónica Lobos y Martín Zuleta) se llevaran las órdenes que ella había dictado y las presentaran en el Ministerio de Salud Pública, la OSP y el Sanatorio Argentino, cuyas autoridades debían informarle a la magistrada si la mujer había abortado o no, luego de que una publicación periodística indicara que ya se había hecho la práctica. Desde el Juzgado solicitaron la información por vía electrónica, pero Días remarcó que esa "conducta relajada" y la "pasividad procesal" del hombre y sus profesionales, que tienen "la carga de urgir toda medida tendiente a obtener una resolución favorable", resultaba "totalmente contradictorio a la supuesta urgencia e imperiosa necesidad" alegada por el esposo.
Según las fuentes, el hombre le pidió a la obra social la autorización de la práctica abortiva para su esposa el 9 de abril. Sin embargo, diez días después, solicitó dejar sin efecto el trámite. Fue así que la mujer, como afiliada indirecta de la OSP, inició el expediente para conseguir la interrupción del embarazo el 20 de este mes.
Desde entonces, el marido viene pidiendo que se preserve la vida del niño por nacer y poder ejercer su derecho como padre. Inclusive, a este medio le había manifestado que "aborrece" a la que aún es su esposa debido a que se trata "de una persona que quiere matar a nuestro hijo". Además, había resaltado que "no se trata de ir en contra de sus derechos, de su persona. No es una lucha de un hombre contra una mujer, pero ¿mi opinión no existe?". También había criticado la ley de IVE al resaltar que "si un padre reclama la vida de su hijo para mantenerlo, darle protección y la vida, ¿la pena es la muerte? ¿Dónde está igualdad? No entiendo, es el mundo del revés".
La norma es la 27.610, la que garantiza la interrupción del embarazo hasta la semana 14, inclusive. Así, se trata de un derecho y una decisión exclusiva de la mujer o persona gestante a ejercer libremente la decisión sobre su cuerpo en un tema que ha sido contemplado como de salud pública.
Primer revés en la Justicia Federal
El juez federal Miguel Gálvez había rechazado la cautelar que había presentado la asociación civil Abogados por la Vida, que buscaba la suspensión, en todo el país, de los artículos clave de la ley de aborto legal.
El magistrado fundó su decisión al indicar que ningún juez "tiene el poder de hacer caer la vigencia de una norma ni nunca lo tuvo desde la sanción de la Constitución de 1853. Si no la tiene en la sentencia que decide el fondo de la cuestión, menos aún puede ejercerla cautelarmente".
Además, sostuvo que la asociación "pretende un pronunciamiento judicial (en este estadio cautelar o provisorio) que tendría efectos colectivos sobre intereses respecto de los que otras personas tienen derechos y libertades individuales".
Quienes habían hecho el planteo fueron los abogados Gustavo Sánchez y Mónica Lobos.
Cautelar, incompetencia y rechazo
Los abogados Martín Zuleta y Mónica Lobos presentaron una cautelar en el Primer Juzgado de Familia para impedir el aborto de una mujer. La jueza Marianela López se declaró incompetente y la causa recayó en el Juzgado Civil Nº11, a cargo de Amanda Días, quien rechazó la cautelar. La magistrada entendió que los abogados no acreditaron, primero, que la mujer tuviera la voluntad de llevar adelante la interrupción voluntaria de su "supuesto embarazo". Además, no cumplieron "con el recaudo procesal de indicar por qué se debería impedir" el ejercicio del "derecho concedido por la ley argentina", por lo que resulta "totalmente infundado privar, en esta instancia, a cualquier persona gestante de la posibilidad de ejercer su derecho", tal cual lo establece a la norma.
Zuleta había manifestado que apelarán la decisión de la jueza.