Destrozado. Así quedó en 2013 el helicóptero que transportaba a la Diputada Nacional, Margarita Ferrá de Bartol, al exgobernador, al legislador Daniel Tomas y al secretario de la Unidad Gobernación, Héctor Pérez.

 

El piloto de helicóptero Aníbal Touris volvió a quedar complicado judicialmente. Había sido procesado por la muerte de la diputada nacional Margarita Ferrá de Bartol y por las graves heridas que sufrieron José Luis Gioja, Daniel Tomás y Héctor Pérez, quienes iban en la aeronave que manejaba y que cayó luego de un frustrado despegue en Valle Fértil. Tras la apelación de su abogado, la Cámara Federal de Mendoza había dictado la falta de mérito y había dispuesto que en la investigación se recabaran los testimonios que había pedido la defensa. El juez federal Leopoldo Rago Gallo llevó a cabo esa prueba, la analizó y consideró que no cambiaba el criterio que había tenido en su momento, por lo que sostuvo el procesamiento por homicidio culposo y lesiones graves, señalaron fuentes calificadas. El magistrado volvió a indicar que el implicado no adoptó los recaudos y las medidas de seguridad necesarias para evitar el accidente.

La resolución trascendió ayer, pero fue dictada en los últimos días de agosto. Si bien los camaristas le habían indicado a Rago Gallo que el informe de la Junta de Investigación de Accidentes de Aviación Civil (JIAAC) no podía considerarse como la única prueba determinante, lo cierto es que se trata de un estudio clave. Los expertos que investigan ese tipo de hechos en todo el país habían señalado que Touris "sufrió una desorientación espacial producto de la falta de referencia visual", dado que al momento del despegue se levantó gran cantidad de tierra. Que si bien el área en la que la aeronave se elevó era adecuada para la operación, "su superficie no estaba preparada para una operación segura del helicóptero". Además, que no hubo una implementación de "acciones correctivas" en el tiempo adecuado y que se dio una "inadecuada planificación e iniciación del vuelo", entre los puntos centrales.

De esa forma, Rago Gallo se apoyó en el informe y lo evaluó con el resto de las pruebas, más aquellas solicitadas por la defensa. Estas consistían en los testimonios de los pilotos oficiales de la Dirección Aeronáutica provincial. Así, las fuentes explicaron que el magistrado consideró que todos los elementos no cambiaron el criterio que había tenido en su momento, por lo que insistió en que Touris debió prever que la zona de despegue se encontraba regada al momento de iniciar vuelo y que el viento que habían en el lugar podía dificultar la maniobra.

Al no tener en cuenta esos hechos esenciales, según la Justicia, Touris incurrió en una imprudencia que culminó con el choque de la aeronave con los cables de alta tensión cercanos a la pista, que en consecuencia provocó la precipitación de la misma. "Las acciones negligentes e imprudentes de su profesión causaron el fallecimiento de la Diputada Nacional Margarita Ferrá de Bartol y graves lesiones en los otros ocupantes del helicóptero: el Gobernador José Luis Gioja, el Diputado Nacional Daniel Tomas y el secretario de la Gobernación Héctor Pérez", reza en el expediente.

La nueva resolución del magistrado local puede ser apelada por la defensa por lo que, de ocurrir así, será nuevamente la Cámara de Apelaciones de Mendoza la que tenga que resolver si el piloto Aníbal Touris es culpable.

El accidente que se cobró la vida de la legisladora nacional ocurrió en octubre de 2013. Los funcionarios habían participado de una serie de inauguraciones y habían recorrido el departamento en el marco de la campaña.

 

Si queda firme

  • Condena

Si la resolución que dictó el juez Leopoldo Rago Gallo queda firme, Touris podría recibir una pena de seis meses a cinco años de prisión, excarcelables. También le cabría la inhabilitación para comandar helicópteros durante cinco a diez años.