Desde la elaboración 2019 los vinos tintos genéricos deberán tener como mínimo un 65% de variedades tintas, respetando el listado de uvas aprobadas por el Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV). El pedido había sido impulsado por viñateros sanjuaninos, como adelantó recientemente DIARIO DE CUYO. La nueva obligación permanecerá sin cambios hasta 2022 y a partir de ese año se irá incrementando el porcentaje, hasta llegar a un 80% en 2030.
La modificación fue discutida entre las comisiones técnicas de las diferentes entidades vitivinícolas y representantes del INV, pero no todas las voces están a favor y algunos referentes adelantaron que pedirán “rever” la determinación. Por lo pronto, los establecimientos que incumplan con la normativa deberán pagar multas que van de $ 2.000 a $ 5 millones.
Qué dice la ley
La resolución 3/2019, publicada en el Boletín Oficial, señala en su “considerando” que la Federación de Viñateros y Productores Agropecuarios de la Provincia de San Juan solicitó al INV que se determine el porcentaje de uvas tintas para definir un vino tinto genérico genuino.
A eso agrega que “es conveniente establecer un nuevo marco normativo adecuado para el vino tinto genérico” y remarca la necesidad de “aumentar la consistencia cualitativa de los vinos, considerando que es menester generar y transferir tecnología para lograr vinos más concentrados, más aromáticos y sin defectos, además de diseñar y apoyar mecanismos de diversificación y reconversión de pequeños productores, buscando rentabilidad y sustentabilidad”.
En función de estas aclaraciones, el INV resolvió que: “El vino tinto genérico de la elaboración 2019 y anteriores, a partir de la liberación de la Cosecha 2019, para ser identificado como vino tinto genérico, además de cumplir con el Índice de Color, deberá estar elaborado por caldos cuya composición provenga de al menos un 65 % de variedades tintas, según el listado de variedades aprobado por el INV”.
El organismo aclara que el porcentaje restante podrá ser de otras variedades de vinificar, pero advierte que se aplicarán infracciones a quienes no cumplan con el régimen, de acuerdo a lo determinado por la Ley General de Vinos N° 14.878. Eso implica multas que van desde los $ 2.000 hasta los $ 5 millones, dependiendo de la falta y la cantidad de litros involucrados.
Obligación progresiva
Desde 2019 y hasta 2022 será obligatorio que el 65% del vino tinto genérico sea de uvas tintas, pero la medida será más exigente a partir de 2023. Ese año la participación de tintas ascenderá a 67%, en 2024 alcanzará el 68% y en 2025 llegará al 69,5%. El porcentaje seguirá aumentando en forma progresiva durante los años siguientes, hasta llegar al 80% en 2030.
Fuente: Los Andes