Como lo había adelantado este medio, el Ministerio de Hacienda, que encabeza Marisa López, decidió promover una modificación a la moratoria provincial que lanzó en abril pasado y que tenía fecha de vencimiento para la semana que viene. Las autoridades incorporaron las deudas vencidas en los primeros cinco meses de este año, periodo clave en el que los contribuyentes tuvieron una baja considerable en sus ingresos por el parate de la actividad económica producto del aislamiento obligatorio por el coronavirus. Además, extendieron el plazo para acceder al beneficio, ya que habrá tiempo hasta el 30 de septiembre para anotarse. De por sí, el plan prevé una quita de intereses y hasta 120 cuotas para ponerse al día con el fisco local y los cambios están contemplados en un proyecto de ley que fue enviado el viernes pasado a la Cámara de Diputados y será debatido este jueves por los legisladores, en lo que se da por descontado su aprobación.

La iniciativa fue confirmada por la titular de la cartera económica, quien explicó que "la pandemia generó que durante la cuarentena estuvieran frenadas varias actividades, por lo que es bastante bajo lo que se lleva recaudado por moratoria. También vimos que existió una imposibilidad económica, por parte de los contribuyentes, para dar cumplimiento con Rentas, por lo que nos pareció conveniente prorrogar la moratoria e incorporar las deudas al 31 de mayo". Según López, tras esa fecha, "prácticamente el 95 por ciento de las actividades quedaron habilitadas". Si a eso se le suma que el proyecto establece que el plazo de adhesión se estira hasta el último día de septiembre, "vemos que, a ese mes, va a haber una recuperación de la actividad y se va a poder cumplir con las obligaciones a través de la moratoria".

Además de los cambios, el secretario de Hacienda, Gerardo Torrent, indicó que el mecanismo para la condonación de los intereses es el mismo que el del plan original y que los meses que se han agregado (de enero a mayo) recibirán el mismo beneficio para aquellos contribuyentes que tengan impuestos impagos de 2018 y 2019. Esto es, que el descuento de intereses será de lo que supere del 10 por ciento del capital adeudado. Para deudas más antiguas, la quita se mantiene: para las de 2016 y 2017, la reducción de intereses será lo que supere del  25 por ciento del capital; para las de 2014 y 2015 será del 50 por ciento, mientras que para las de 2013 y las de más atrás, la baja llegará al 75 por ciento. 

Por otro lado, se mantiene el beneficio de un 15 por ciento de descuento para los que quieran pagar sus deudas de contado. Un punto clave es el momento en el que se comenzará a abonar el plan. Aquellos que ya se han sumado, empezarán a hacer los desembolsos en julio, mientras que, para los futuros adherentes, la primera cuota será al mes siguiente al que se incorporaron al plan. Es decir, si el contribuyente ingresa a la moratoria en julio, comenzará a pagar en agosto. La posibilidad de acceder a un plan de pago de hasta 120 cuotas se sostiene, aunque depende de la deuda que tenga el contribuyente.

Además, a pedido de Fiscalía de Estado, se puso un plazo hasta el cual estarán suspendidas las ejecuciones fiscales. Según se pudo conocer, esa suspensión estará firme hasta el 30 de septiembre y luego comenzarán a correr los procesos legales por los que el Estado busca hacerse de los créditos generados por los deudores al fisco.

 

Acceso exclusivamente digital

 

Clave

Para poder acceder a la moratoria desde la casa, el contribuyente debe tener una Clave Única de Rentas (CUR), que se obtiene en el sitio de Rentas de manera provisoria, ingresando a www.rentas.sanjuan.gov.ar, en la pestaña Obtención de clave CUR.

 

Elegir el impuesto

Una vez obtenida la clave CUR, se debe ingresar a la sección Moratoria y elegir el impuesto a cancelar (Inmobiliario, Automotor, Ingresos Brutos, etc). Para asignar un tributo a cancelar, debe colocar los datos, como el registro de la patente.

 

Monto a cancelar

La elección del monto a cancelar es clave, ya que el contribuyente puede elegir pagar la totalidad de la deuda que tiene con el fisco o una parte de ella. Lo puede hacer así con varios impuestos a la vez y determinar los plazos más acordes a su bolsillo.

 

Cuotas

Si bien la moratoria establece un plan de pago de hasta 120 cuotas, no todos los contribuyentes podrán acceder a esa posibilidad. Rentas fijó un valor mínimo a pagar por cuota para cada impuesto. En el caso de Ingresos Brutos el mínimo es de 1.500 pesos.

 

Deuda judicial

El contribuyente también podrá elegir si quiere pagar aquella deuda que esté judicializada. En ese caso también hay un mínimo a pagar. Si el rojo es menor a mil pesos, se deberá cancelar en un solo pago. Si es por más, será por cuotas de mil pesos.

 

Forma de pago

Rentas estableció mecanismos electrónicos para poder saldar las deudas y los planes de pagos conformados, sin tener que llegar hasta las oficinas en el Centro Cívico. Se puede cancelar a través del débito inmediato, botón Plus Pago o Red Link, entre otros.