Por la Dra. Adriana Massaccesi (*)

Se ha instalado en este comienzo del siglo XXI la exacerbada defensa de derechos. Lo que no es malo, por el contrario, es necesario visibilizarlos y defenderlos. Pero de obligaciones: ¿cómo andamos…? ¿Se definen y defienden las obligaciones en el ámbito laboral, en los reclamos gremiales con la misma vehemencia con la que reclamamos por nuestros derechos? 

El trabajo es una acción con la que logramos el sustento material, a la vez realizamos un aporte a la sociedad y un bien que nos permite lograr ser felices.

En el ámbito laboral constantemente se hace alusión a los derechos de los trabajadores, pero ¿se dimensionan las implicancias de las acciones cuando, en pos de los derechos, afectamos a la organización (sea de la naturaleza que fuere)? ¿Cuándo por el ejercer un derecho personal se afecta un deber que incide en otros?

Podemos verlo más claramente en un ejemplo: Todo trabajador tiene derecho a la ausencia por razones particulares. Pero hoy, cada vez en las organizaciones es creciente la conformación de equipos de trabajos. Es así que cuando uno se ausenta, el trabajo recae sobre el resto o retrasa la tarea. La legalidad legitima el derecho del trabajador de ausentarse por motivos personalísimos. El problema trasciende la esfera personal y lo traslada a la organización, al equipo de trabajo, al empleador u otro que depende del accionar de ese trabajador.

Es frecuente escuchar el aviso de mujeres cuando llaman al trabajo avisando… "no puedo ir porque me faltó la niñera”. Problema real, involuntario y totalmente comprensible, atendible plenamente pero… Es en este ejemplo donde observamos claramente una cadena de implicancias que genera. ¿El trabajador frente a un emergente imponderable que le dificulta su presentación al trabajo genera alguna propuesta para que su ausencia no sea un inconveniente? Por ejemplo: ¿hacer su trabajo desde su casa y enviar a sus compañeros la producción? ¿Trabajo en línea? ¿Proponer un día u horas extras de recuperación? Nos encontramos que anuncia la ausencia y se desliga, el efecto de la misma pasa a ser un problema del otro, no propio.

Obviamente que no todos los ciudadanos obran de la manera que presentamos en los ejemplos anteriores, son ejemplos a los fines de reflexionar. Nos interesa resaltar las repercusiones de acciones que algunos llevan adelante y de las cuales no muchas veces hay una plena conciencia. 

¿Qué hacer frente al problema? Poner más énfasis en formar la responsabilidad ciudadana. Si queremos recuperar una cultura del trabajo es necesario revisar no sólo derechos, sino las obligaciones que emanan de dichos derechos. A la vez concientizar acerca de la manera en que éstos se corresponden en el accionar con otras personas. Cada derecho de la persona se vincula con el deber de otro y viceversa.

Educar en deberes u obligaciones no es algo pasado de moda, es justamente lo que la educación (familiar y escolar) ha dejado de lado en pos de intereses diversos.

Es legítimo el pleno ejercicio de derechos y, de la misma manera y en la misma medida, la observancia de nuestras obligaciones.

"Cada derecho de la persona se vincula con el deber de otro y viceversa…”.

Se requiere de un proceso de sensibilización social que permita a las personas salir de ámbito de su propia esfera, reconociendo la riqueza que comprende los vínculos con otros desde el ejercicio de una ciudadanía madura, prudente, empática, solidaria… ¿Será esto posible?

(*) Profesora.