La Corte de Justicia anuló la condena de 8 años impuesta a un hombre por abusar de su expareja y lesionar a uno de los hijos de la mujer (un joven con capacidad restringida), por no haberle dado participación efectiva a la Defensa en las audiencias en las que, con el sistema de Cámara Gesell, fueron entrevistadas cuatro testigos. El fallo, para muchos en Tribunales, sienta desde ayer un precedente ineludible para las causas que se tramitan en el sistema acusatorio, porque "corrige una ilegalidad". Y puede causar una catarata de nulidades para aquellos casos sin sentencia firme, que ya cumplieron el trámite de interrogar en audiencias videograbadas, sin seguir los pasos que los ministros Adriana García Nieto, Marcelo Lima y Horacio De Sanctis consideran insoslayables para esos actos, que son "irreproducibles" para no revictimizar al menor. A saber, en esas audiencias, "no deben faltar nunca" la Defensa, Fiscalía y el Juez de Garantías, dijeron fuentes judiciales.
Así lo informó ayer el defensor oficial César Oro, impulsor de un reclamo en favor del debido proceso y la defensa en juicio del condenado (tiene prisión preventiva domiciliaria) por abusar de su expareja y por lesionar al joven con capacidad restringida.
Oro aseguró que, desde el primer momento de la investigación, cuando Fiscalía pidió interrogar a ese joven y a otros tres menores en audiencias videograbadas, la Defensa (particular o pública) debió estar presente para no violar derechos y garantías del imputado y para cumplir con las exigencias propias de un proceso, que se caracteriza justamente por ser "adversarial o contradictorio", es decir por garantizar un "rol activo y en igualdad de armas" de la Defensa con respecto a Fiscalía y eventualmente la Parte Querellante.
Según el defensor oficial, sus pedidos para anular los testimonios con el sistema de Cámara Gesell (porque la Defensa no estuvo presente para "interrogar o hacer el contraexamen" de esa prueba), habían comenzado en la audiencia de control de acusación (en la que se cierra la investigación y el caso pasa a juicio). Insistió luego ante el tribunal que juzgó y condenó a su defendido, y repitió su planteo ante un Tribunal de Impugnación.
En todos los casos, desestimaron sus planteos, en sintonía con Fiscalía, organismo desde el que se argumentó que la Defensa había sido notificada y su "ausencia voluntaria" no invalidaba esos actos. Con ese criterio se hicieron centenares de audiencias que ahora podrán ser anuladas, indicaron fuentes judiciales.
Es así porque la Corte entendió que realizar esas audiencias sin la presencia efectiva del defensor del imputado, es actuar de manera "irregular e ilegal", pues se violan normas de la Constitución y otras contempladas en Tratados internacionales a los que adhirió el país en favor del imputado. El máximo tribunal de Justicia local fue más allá al considerar que esos actos no sólo deben contar con la presencia obligatoria de las partes (Fiscalía y Defensa), sino también del Juez de Garantías, porque justamente garantizará el ejercicio de los derechos de esas partes, indicaron fuentes judiciales.
La decisión de la Corte de Justicia, es de aplicación prácticamente obligatoria para todos los tribunales inferiores, pues es el máximo organismo provincial que interpreta el derecho.
Oro dijo ayer que ahora pedirá la libertad de su defendido, cuya situación procesal se instala en un estado endeble, pues sólo quedarán firmes actos procesales previos a las entrevistas con Cámara Gesell, como la denuncia y el inicio formal de la investigación.