La causa contra el excortista Juan Carlos Caballero Vidal, quien está acusado por delitos de lesa humanidad, se encuentra en etapa de juicio, pero hay magistrados que se pasan la pelota a la hora de llevar adelante el proceso, por lo que el debate está frenado. Tras la inhibición del juez federal Miguel Gálvez, el expediente le cayó a un colega mendocino, quien, después de idas y vueltas, sostuvo que no le corresponde realizar el juicio, sino que es tarea del Tribunal Oral sanjuanino, indicaron fuentes calificadas. Desde el organismo deben dar su postura y es muy probable que refuten los argumentos del magistrado de la vecina provincia, por lo que un tribunal superior deberá definir quién sienta al exministro de la Corte en el banquillo de los acusados.
Luego de dos años de instrucción y tras instancias de revisión, Caballero Vidal se encuentra procesado por no promover la investigación para esclarecer el secuestro y las torturas que sufrió Héctor Cevinelli y la muerte de Alberto Carvajal, este último, torturado salvajemente en el Penal de Chimbas. Al momento de esos hechos, en 1977, en plena dictadura, el excortista era juez penal y "la inacción, pese al conocimiento y el deber institucional de evitación, se estructura inicialmente como una omisión de promover la investigación. Al no intervenir, brindó la impunidad necesaria para que los autores de los delitos cometidos contra Cevinelli y Carvajal siguieran actuando, sin importar las gestiones que hicieran las víctimas y familiares", había señalado el fiscal Francisco Maldonado en su requerimiento de elevación a juicio. Caballero Vidal estuvo imputado por delitos más graves (como partícipe necesario de privación ilegítima de la libertad y tormentos agravados), pero la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza le dictó la falta de mérito y sólo quedó en pie el más leve (ver recuadro).
Así, Caballero Vidal será juzgado por el delito contemplado en el artículo 274 del Código Penal, el cual contiene una sanción al funcionario público de "inhabilitación absoluta de seis meses a dos años". El imputado se jubiló como ministro de la Corte el 1 de diciembre de 2017, por lo que tal inhabilitación no surte efecto en ese caso, aunque no podrá desempeñar, hacia adelante, ningún puesto público durante el lapso que se le aplique, si es que se lo encuentra culpable. Es decir, un posible castigo de nulo impacto en la práctica, aunque el proceso se debe efectuar.
Por el tipo de sanción, el hecho encuadra en los delitos correccionales, por lo que debe ser juzgado por los magistrados federales de primera instancia. En San Juan, Leopoldo Rago Gallo fue el juez penal que investigó y procesó a Caballero Vidal, por lo que era lógico que se apartara. La causa pasó a su par civil Gálvez, quien se inhibió por amistad con el excortista. Así, el expediente fue a Mendoza y le tocó a Walter Bento, quien al principio se excusó debido a que estaba desbordado de tareas. Sin embargo, la Cámara Federal de Mendoza le contestó que tal postura no está dentro de las causales de inhibición, por lo que le entregó el caso, explicaron las fuentes.
Bento se hizo cargo del expediente, pero planteó su "incompetencia" porque, entre otros fundamentos, señaló que, como a Caballero Vidal se le dictó falta de mérito en los delitos más graves, "puede haber un comportamiento delictual de mayor entidad" si surgieran nuevos elementos, por lo que corresponda que lo juzgue el Tribunal Oral Federal. Si hubiera un rechazo, el conflicto lo resolverá Casación Penal.
Reemplazo
Juan Carlos Caballero Vidal se fue de la Corte de Justicia el 1 de diciembre de 2017. Así, se disparó el concurso para buscar a su reemplazante. Hubo tres mujeres ternadas y la designada fue Adriana García Nieto, quien asumió en mayo de 2018.
Juicio político
El juez federal Rago Gallo pidió el juicio político contra Caballero Vidal para poder indagarlo. Sin embargo, el cortista presentó su renuncia y se acogió al beneficio de la jubilación. Por eso, evitó el mecanismo de destitución y enfrentó la investigación judicial.
Falta de mérito en las imputaciones más graves
Tras el requerimiento de instrucción del fiscal federal Francisco Maldonado, el juez Leopoldo Rago Gallo había procesado a Caballero Vidal por una batería de hechos durante su actuación como juez de primera instancia durante la última dictadura militar. En primer lugar, como miembro de una asociación ilícita y además le enrostró una participación necesaria en los delitos de privación ilegitima de la libertad y tormentos agravados en el caso de Héctor Cevinelli. Además, lo procesó por infringir su deber de promover la acción penal en el secuestro y los padecimientos que sufrió Cevinelli y la muerte de Alberto Carvajal, quien fue torturado en el Penal de Chimbas.
Sin embargo, su abogado Fernando Castro apeló y la Cámara Federal de Mendoza le dictó la falta de mérito en los delitos más graves y sólo dejó en pie el hecho de no promover la investigación de las causas contra Cevinelli y Carvajal. La falta de mérito es una fase intermedia entre el procesamiento y el sobreseimiento, es decir, no hay elementos suficientes para la primera resolución ni para una desvinculación definitiva. Por eso, la causa queda a la espera de que aparezcan nuevas pruebas que inclinen la balanza para uno u otro lado.