La titular del juzgado de familia número siete de la ciudad rionegrina de Viedma, María Laura Dompé, autorizó a una pareja de homosexuales varones a tener un hijo mediante maternidad subrogada, en un caso que se estima sin precedentes en el país.

La jueza autorizó una ‘transferencia embrionaria en un vientre sustituto‘ para que la pareja homosexual pueda tener un hijo, que será gestado en el vientre de una amiga sin recibir remuneración económica, y le permitirá a los solicitantes inscribirse como padres únicos. 

La magistrada consideró que el tema en cuestión es ‘de técnica de reproducción humana asistida, a la que le cabe el principio de legalidad, que hace referencia a que todo lo que no está prohibido, está permitido‘.

El fallo es uno de los primeros que se conoce en el país sobre subrogación y en el la jueza ordenó a los padres a informarle a su hijo su origen gestacional cuando tenga la madurez suficiente para entender la situación. 

En su resolución, la jueza Dompé dio autorización a pedido de la pareja a realizar la ‘transferencia embrionaria en el vientre sustituto‘. Asimismo, dispuso que el niño que nazca de ese procedimiento sea inscripto en los registros oficiales como hijo de la pareja solicitante y advirtió a los médicos que practiquen el parto que la mujer que geste al bebé ‘es sólo portante, sin vinculación genética‘. Por eso, en el certificado de nacimiento sólo deberá figurar el nombre del integrante de la pareja que ‘aporta el material genético (esperma)‘. 

Los embriones, según lo informado por el diario Río Negro, fueron logrados por una técnica asistida con óvulos de una donante anónima y del esperma de uno de los integrantes de la pareja y serán transferidos en el vientre de otra mujer, que es amiga de los solicitantes. 

En el escrito, Dompé explicó que autorizaba el procedimiento porque ‘no hay de por medio una finalidad económica‘. En ese sentido, descartó el ‘concepto de ’explotación’ de la madre sustituta‘ ya que el ‘objetivo de la gestante es totalmente altruista‘ y oficia ‘de vehículo‘ para cumplir ‘el deseo de los futuros padres. 

La jueza explicó que autorizaba la práctica en favor de los derechos ‘a la identidad, a la protección de la familia, a la libertad reproductiva, a la voluntad procreacional y a la intimidad‘. 

De todas formas, sugirió tener en cuenta si hay ‘factores de riesgo‘ de la madre gestante y realizar un seguimiento ‘psicológico durante el embarazo y el parto‘. Tras resaltar ‘la voluntad procreacional de la pareja‘, la jueza también destacó que la amiga que llevará el embarazo admitió que ‘no desea ejercer el rol materno‘. 

Dompé destacó además que en los otros fallos que existen siempre hay una mujer en la pareja, por eso es más fácil gestar. ‘En este caso no, y ésa es la crítica que se le hace a la no modificación del Código. Dejaron afuera a la pareja de homosexuales varones porque no tienen otra posibilidad de concebir que no sea ésta‘.

‘Es la primera vez que se pide la autorización antes de hacer el tratamiento, los casos previos que se dieron en otras partes del país fueron los que se habían inscripto a los bebés a nombre de la mamá, y lo que se pedía en esos momentos era el cambio de los datos en las partidas de nacimiento‘, aclaró la jueza. 
 

Fecundación in vitro

El tratamiento para la concepción del bebé será realizado por el Centro de Medicina Reproductiva de Bariloche, Fertility Patagonia: ‘Se realizará una fecundación in vitro y luego se transferirá el óvulo fecundado al vientre de la mujer para que se produzca el embarazo‘, aseguró la jueza Dompé. Tanto la pareja gay como la amiga son personas mayores de 30 años y menores de 40, indicó. Según la jueza, ‘ellos no están casados, hace mucho que viven juntos y tienen una unión convivencial registrada desde hace un año en el Registro Civil‘.