Según se publicó hoy en el Boletín Oficial , la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la comercialización de un aceite de oliva y una crema untable de almendras. Además, el organismo estatal prohibió el uso, comercialización y distribución de una bomba de infusión enteral.
En el marco de un programa de monitoreo realizado por la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAl) se tomó una muestra de del aceite de oliva extra virgen marca Estancia Tomás elaborado por Estancia Tomás. Tras una serie de procedimientos, se llegó a la conclusión de que el el producto se encontraba en infracción por "carecer de autorizaciones de establecimiento y de producto y consignar números de registro de producto y establecimiento inexistentes, resultando ser un alimento falsamente rotulado y en consecuencia ilegal".
Por lo tanto, a través de la Resolución 4297, la Anmat resolvió prohibir la comercialización en todo territorio nacional del producto "Aceite de oliva extra virgen" primer prensado en frio, marca: Estancia Tomás, peso neto 500ml, elaborado por Estancia Tomás, Tunuyán, provincia de Mendoza, RPE N°02066107; RNPA N°02345866.