La Corte de Justicia le cerró la puerta a Fiscalía en un reclamo ‘aclaratorio’ sobre un fallo que levantó polvareda, porque llevó a que se anularan decenas de causas: el caso Tapia. En esa sentencia, dictada el 2 de mayo pasado, se anuló la condena de 8 años impuesta a un hombre por abusar de su expareja y lesionar a uno de sus hijos con discapacidad, porque en la entrevista con psicólogos a los cuatro hijos de la mujer, no se respetó una exigencia legal ineludible: la presencia del defensor. Para los ministros Adriana García Nieto, Marcelo Lima y Horacio De Sanctis, la ausencia del defensor no se podía pasar por alto, ya que las audiencias videograbadas son equiparables a un juicio y la violación del derecho de defensa debía sancionarse con la nulidad absoluta, lo que implicó retrotraer todo hasta antes de esa ‘ilegalidad’.

La exigencia sentada en el caso Tapia sobre la presencia del juez, el fiscal, el defensor, disparó una polémica sobre los alcances del fallo, que llevó al Fiscal General, Eduardo Quattropani, a plantear una ‘aclaratoria’.

Según fuentes judiciales, Fiscalía pidió una ‘redefinición’ sobre el rol del juez y también sobre un punto clave: el hecho de que el fiscal pueda ser suplantado por el ayudante en esas audiencias a menores o personas con discapacidad.

Muchos jueces del Sistema Acusatorio entendieron que el fallo de la Corte, no especificaba nada sobre la presencia de los ayudantes. Y entendieron que solo el fiscal podía asistir.

Entonces el jefe de los fiscales, salió al cruce: "Si algún juez quiere seguir interpretando el fallo de la Corte contra la ley, los que estarán en problemas serán los jueces y no los fiscales’. Y agregó: ‘el tema de la presencia de los jueces es otro error, fruto de no entender el sistema acusatorio, que lo único que están logrando es complicar la vida de los magistrados, superponer agendas y revictimizar a los niños".

Sin embargo, al analizar el reclamo de Fiscalía, los ministros entendieron que nada había que aclarar en el caso Tapia (allí no se habla del rol de los ayudantes fiscales, por ejemplo), porque una aclaración se aplica a aspectos puntuales de la sentencia y no puede significar una ‘modificación esencial’ o ‘alterar lo ya resuelto’. Así, dejaron sentado que las tres patas claves en las audiencias videograbadas son el juez, el fiscal y el defensor.

Y a pesar de que el ministro De Sanctis adhirió al rechazo de sus pares al planteo fiscal, consideró que el fallo debía interpretarse ‘de manera armónica’ con artículos del sistema acusatorio sobre la participación de los fiscales y sus ayudantes, esta opinión pareció contradictoria, pues había adherido al criterio de sus pares de que no cabía ninguna aclaración.

Por ahora, la polémica sigue.