A través de un fallo de la Sala II, la Corte de Justicia local dio un volantazo y se puso en el carril contrario de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN). No sólo eso, sino que también resolvió en contra de un antecedente propio en una causa similar. El caso es resonante, ya que involucró al expresidente del Ente Provincial Regulador de la Electricidad (EPRE), Jorge Rivera Prudencio, quien, echó en 2008 a dos abogados, los que reclamaron que fueron cesanteados sin justificación y de manera arbitraria. Los profesionales habían tenido fallos favorables de la Cámara Laboral para ser reintegrados a sus puestos de trabajo, por lo que una confirmación del máximo tribunal local hubiera afectado seriamente las cuentas del organismo de control, dado que están en juego sueldos impagos por, hasta ahora, 12 años y por cada uno de los trabajadores. Las fuentes consultadas hablan de unos 50 millones de pesos y destacaron que los abogados acudirán a la CSJN a través de un recurso extraordinario federal.
El polémico fallo tuvo posturas diferentes dentro de la Sala II de la Corte. Quien entendió que estuvo bien la decisión del extitular del EPRE fue el presidente de la Corte, Daniel Olivares Yapur, que contó con la adhesión del camarista Laboral Mariano Ibañez, quien intervino como tercer integrante. El que votó en disidencia, en apoyo a la postura de los trabajadores, fue el cortista Juan José Victoria. Los profesionales demandantes son Martín González y Pablo Moya y, si bien sus reclamos se tramitaron por diferentes canales, las resoluciones salieron juntas, con dictámenes casi idénticos, indicaron las fuentes, las que dijeron que las partes ya fueron notificadas.
En su voto, Olivares Yapur sostuvo que un fallo que la CSJN dictó en un caso similar de despido sin justificación en el EPRE "no puede ser aplicado en este caso" porque "no genera doctrina judicial", ya que fue emitido al resolver un recurso de queja y no en una "sentencia de mérito", esto es, "con un pronunciamiento positivo de fondo". El caso al que hizo referencia el cortista es el de Norma Navarro de Eguía, quien, tras 19 años de juicio, recibió el respaldo de la Corte Suprema y le ganó el juicio por despido al ente de control. En su escrito, el máximo tribunal del país hizo suyos los fundamentos de la Procuradora Fiscal de la Nación, quien afirmó que los empleados del organismo gozan de una estabilidad absoluta en sus cargos, de acuerdo a lo que establece el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) que los rige, por lo que "las cuestiones de orden político, racial, social, gremial o religioso, no serán causas de sanciones disciplinarias o despido". Además, establece que "el trabajador que fuere despedido sin justa causa, tendrá derecho a requerir la reinstalación en su puesto de trabajo". El EPRE, que en su momento conducía Rivera Prudencio, sostuvo que, por tratarse de una entidad autárquica, no les regía esa estabilidad a los empleados y podían ser echados sin causa, siempre y cuando se les pague una indemnización. Por el fallo de la CSJN, la Corte local tuvo que rehacer una sentencia a favor de Navarro de Eguía, la que está firme, al punto que la profesional fue reintegrada hace unos dos meses a su puesto de trabajo, indicaron las fuentes.
Olivares Yapur sostuvo en su fundamentación que, tanto el fallo del tribunal nacional como el que emitió la Corte local para Navarro de Eguía en 2018, "se aplicó incorrectamente el CCT". Según destacó, se hizo referencia a un Convenio que está derogado y no a uno vigente que data de 1986. Fuentes allegadas a los demandantes indicaron lo contrario, porque esa modificación se dio para otras empresas, pero no para el EPRE. La postura del cortista no es menor, ya que González y Moya habían basado gran parte de su planteo en el fallo de la Corte Suprema y el que devino del tribunal local.
Por otro lado, al no aceptar los argumentos del caso de Navarro de Eguía, como base, el cortista no se expidió sobre el acoso laboral denunciado por parte de los profesionales, contra el directorio del EPRE y Rivera Prudencio como su presidente. En la instancia previa, los camaristas habían acreditado el "mobbing" (Ver recuadro).
- Fallos
Primera instancia
El abogado Martín González tuvo un fallo a favor del Cuarto Juzgado Laboral, mientras que su colega Pablo Moya tuvo una sentencia adversa del Segundo Juzgado Laboral.
Unidad
La Sala II de la Cámara del Trabajo unificó criterios y condenó al EPRE, por lo que dispuso la nulidad de los despidos y la reincorporación de los abogados, más el pago de los salarios caídos.
Corte Suprema
La resolución de la Corte Suprema a favor de Navarro de Eguía se dio en diciembre de 2017, luego de que tres tribunales locales le rechazarán los planteos contra el EPRE.