La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó un recurso planteado por la fiscalía y selló definitivamente la absolución de Enzo Iván Lampasona, el coordinador estudiantil sanjuanino que había sido enjuiciado tras ser acusado de violar a una egresada que realizaba su viaje de fin de estudios en Bariloche.

Lampasona había sido enjuiciado y absuelto por el beneficio de la duda en marzo de 2018 por el delito de abuso sexual. Más adelante la sentencia fue confirmada por el Superior Tribunal de Justicia al rechazar los planteos de la parte acusatoria y de la defensa. La fiscalía intentó llevar el caso a la Corte Suprema, pero el mismo STJ negó la apertura de la instancia extraordinaria federal, por lo que la parte acusatoria se jugó la última carta acudiendo directamente al máximo tribunal de la Nación, que desestimó la presentación directa. El caso quedó definitivamente cerrado.

Los jueces Miguel Gaimaro Pozzi, Ricardo Calcagno y Emilio Riat habían dictado la absolución por el beneficio de la duda del coordinador junior sanjuanino que fue acusado de haber violado a una estudiante de esa provincia que desarrollaba su viaje de egresados en Bariloche.

El hecho en discusión ocurrió en la madrugada del 29 de octubre de 2015, cuando la joven de 17 años, que se encontraba en la disco Cerebro de esta ciudad, junto con sus compañeros de viaje de egresados, se descompensó y decidió regresar al hotel. Al notar dicha circunstancia, Enzo Iván Lampasona, uno de los coordinadores de la empresa Snow Travel, salió detrás de la joven y la acompañó hasta el hotel Patagonia, en donde se alojaban.

En el trayecto, siempre según la acusación que llevó al sujeto a juicio, propuso varias veces un encuentro sexual, obteniendo respuestas negativas de la adolescente. Ya en el establecimiento hotelero, sostuvo la fiscalía, la acompañó hasta la habitación e ingresó a la misma, para desplegar su ataque sexual. No obstante, la acusación no logró ser confirmada por los jueces del juicio y todo aquello quedará en la nada.

Lampasona había dicho durante el juicio que el encuentro sexual existió, aunque advirtió que se había tratado de una relación consentida. Pese a la posición defensiva, durante los alegatos del juicio que tramitó bajo el viejo sistema procesal penal, el fiscal Martín Lozada solicitó la pena de diez años de prisión para el imputado y se basó principalmente en los diversos testimonios de los facultativos que originalmente atendieron a la víctima. En cambio, los defensores Rodolfo y María Rodrigo señalaron que el fiscal se basó en su buena dialéctica y su histrionismo, pero nada marcó como argumento de derecho para fundar su posición. Más tarde los letrados también apelarían la sentencia, reclamando que Lampasona debía ser absuelto lisa y llanamente, sin la aplicación del beneficio de la duda. Pero su reclamo tampoco prosperó, más allá de que el resultado definitivo, haya sido el mismo a los efectos prácticos: el estado de inocencia, en el caso de Lampasona, se mantuvo.

Fuente: El Cordillerano