En 2018, ante un planteo de inconstitucionalidad de la ley de Lemas que se aplica en Santa Cruz, la actual conformación de la Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó en claro, por unanimidad, que no interfiere en los sistemas electorales que definen las provincias para elegir autoridades. Dicha postura circuló esta semana a nivel local entre los distintos sectores políticos, luego de que el jueves tomara estado parlamentario el proyecto de ley de un nuevo Código Electoral, el que contiene un mecanismo de participación ampliada en los distintos cargos, con la acumulación de votos para aquel que obtenga la mayor cantidad de sufragios dentro de un frente, similar a Lemas. El vicegobernador Roberto Gattoni recordó el fallo del máximo tribunal del país al responder las críticas de la oposición, quienes indicaron que la iniciativa va en contra de la Constitución. Así, son casi nulas las chances de que una presentación similar pueda ser analizada por la Corte Suprema, dado que sería ir contra sus pasos y de su propia doctrina que habla del respeto a las autonomías provinciales a la hora de sancionar sus esquemas de votación. Pese a ello, en la oposición de Juntos por el Cambio (JxC) no pierden las esperanzas, ya que es la última instancia en la que esperan tener un resultado a favor, aunque por lo bajo están los que reconocen que es muy difícil y los que apuntan a desgastar judicialmente al oficialismo.

De acuerdo a la sentencia del máximo tribunal, su no intervención en los distritos está establecido en el sistema federal por el cual se rige el país, el cual "no solamente asegura que las provincias decidan sus regímenes electorales y elijan sus gobernadores, legisladores y demás funcionarios, sino que también prohíbe al gobierno central intervenir en aquellos asuntos propios de la autonomía provincial". Además, en el caso particular de una ley de Lemas o de doble voto simultáneo dictada por una provincia para organizar sus elecciones, afirmó que "es, fundamentalmente, una ley que se refiere al sistema electoral local propio de ella y de su competencia", por lo que, si existe una discusión, "es de carácter eminentemente provincial, que debe ser resuelta en ese ámbito".

Dentro del análisis que realizó la Corte Suprema, tuvo en cuenta un punto clave para rechazar el planteo de inconstitucionalidad que promovió la UCR en Santa Cruz. En ese caso, dijo que el partido político "no acreditó cómo la garantía de la igualdad del sufragio se ve directamente afectada si un sufragio dirigido por un elector a un candidato es computado por otro del mismo lema, cuando esa misma posibilidad rige para todos quienes participan de la votación".

Los supremos, además de ratificar la autonomía de las provincias para fijar su propio sistema electoral y no dar de baja a la ley de Lemas santacruceña, dejaron una señal: "Que un sistema electoral resulte inconveniente, no lo convierte de por sí en inconstitucional". Lo de "inconveniente" del mecanismo de votación apuntó a que "debe dejarse en claro que las razones expresadas en la solución de este pleito no salvan la baja calidad institucional reprochada al sistema de lemas o de doble voto simultáneo". Así, dijeron que "la experiencia enseña que el sistema de lemas, o de doble voto simultáneo, presenta una serie de peculiaridades para el funcionamiento de la democracia representativa en tanto incrementa la confusión del electorado, fomenta el fraccionamiento de los partidos políticos y traslada potencialmente a la elección general el conflicto interno partidario". Incluso, aconsejaron a las legislaturas provinciales a "evaluar su idoneidad como instrumentos para receptar lo más fielmente posible la voluntad popular. Si de ese análisis se concluye que un determinado sistema, como puede ser el de lemas o de doble voto simultáneo, genera baja calidad institucional, bien vale preguntarse si no resulta necesario reformar esos textos para adaptarlos a las realidades y exigencias de las democracias modernas".

 

CLAVES

Sistema Federal

La Corte destacó que el sistema federal "no solamente asegura que las provincias decidan sus regímenes electorales, sino que le prohíbe al gobierno central intervenir en aquellos asuntos que le son propios a las provincias".

Mecanismo electoral

El máximo tribunal dejó en claro que existen mecanismos de elección mejores que la ley de Lemas, pero que "un sistema electoral resulte inconveniente, no lo convierte de por sí en inconstitucional".

 

  • DEBATE EN DIPUTADOS

Luego de que el jueves pasado (foto) tomaran estado parlamentario tres proyectos de leyes que apuntan a definir un nuevo esquema electoral en la provincia, se espera que en el corto plazo comience el debate en comisión. Las iniciativas que implican cambios en normas como la 613-N, que establece que no puede haber modificaciones del sistema electoral 18 meses antes del comicio que se daba desarrollar; la 815-N, ley de Partidos Políticos; y la ley 2348, que refiere al Código Electoral, fueron giradas a las comisiones de Justicia y de Legislación y Asuntos Constitucionales. Así, se espera que la próxima semana arranque el debate en dichos cuerpos y no se descarta que en el corto plazo puedan obtener dictamen favorable. Incluso, el vicegobernador Roberto Gattoni estimó que la sanción de las normas se debe dar "lo antes posible", por lo que no se descarta que puedan se aprobadas durante el mes que viene.