Los tiempos de la Justicia no son los de las personas y las peleas de muchas madres y padres por el reconocimiento de los derechos de los menores suele ser larga en el fuero de Familia
Una causa que por estas horas tuvo una resolución inédita fue promovida por la madre de un menor en junio de 2020. La batalla de la mujer porque el padre reconozca los gastos de crianza tuvo varias instancias .
De lo acuerdo a lo informado, "un acuerdo extrajudicial pendiente de homologación entre los progenitores por haber articulado un planteo posterior el progenitor, quien luego incumple con sus compromisos, obligando a la progenitora en reiteradas ocasiones a peticionar que se lo inste judicialmente a hacerlo”.
En tal sentido, la resolución establece que “el incumplimiento del pago de los alimentos del progenitor con relación a sus hijas e hijos configura un supuesto de violencia económica contra las madres, quienes no sólo deben asumir el cuidado personal de las niñas, niños y adolescentes, sino también soportar en forma exclusiva el costo económico de su crianza”.
La resolución es de la jueza Marianela López, es inédita y contiene perspectiva de género. Es que puso en práctica par definir la cuota de alimentos el nuevo “Índice Crianza” elaborado por el INDEC , el cual consiste en un valor de referencia para saber cuánto destinan las familias a alimentar, vestir, garantizar vivienda, trasladar y cuidar niños, niñas y adolescentes.
El “Índice Crianza” comenzó a difundirse mensualmente desde julio de 2023. Básicamente, incluye dos componentes: el costo mensual para adquirir los bienes y servicios para el desarrollo de los menores; y el costo del tiempo que demanda ése cuidado. La causa resuelta por la jueza López fue promovida en junio de 2020, iniciando con un “acuerdo extrajudicial pendiente de homologación entre los progenitores por haber articulado un planteo posterior el progenitor, quien luego incumple con sus compromisos, obligando a la progenitora en reiteradas ocasiones a peticionar que se lo inste judicialmente a hacerlo”.
En tal sentido, la resolución establece que “el incumplimiento del pago de los alimentos del progenitor con relación a sus hijas e hijos configura un supuesto de violencia económica contra las madres, quienes no sólo deben asumir el cuidado personal de las niñas, niños y adolescentes, sino también soportar en forma exclusiva el costo económico de su crianza”.
