Está visto que a lo largo de la historia, las mentes más preclaras han sentido compasión por los animales. Nuestro país no ha sido la excepción. El 21 de agosto de 1879 quedó constituida la "Sociedad Argentina para la Protección de los Animales". Fue presidida por el escritor Carlos Guido Spano, acompañado por un numeroso grupo de ciudadanos ilustres bonaerenses. Todos ellos sentían compasión por los caballos maltratados, que eran usados como animales de carga. Estas circunstancias provocaron que aquellas personas de bien se organizaran en esta tarea.

En 1882 toma la presidencia Domingo Faustino Sarmiento. El gran prócer sanjuanino dio comienzo al despliegue que se extendió por todo el país e impulsó la primera ley de protección Nº 2.786 de 1891. Tres décadas después asume la presidencia don Ignacio Albarracín, quien desarrolla también una meritoria labor. Lo notable del proteccionismo es que, en todos estos años, tuvo la adhesión del poder político. Sus nuevos valores dieron lugar a la creación de la "Asociación Protectora de Animales Sarmiento", en 1902.
La larga historia sigue. En 1954 fue sancionada la ley Penal Nº 14.364 a instancia del Presidente Juan Domingo Perón, la cual se encuentra en plena vigencia.
Ha pasado más de un siglo de proteccionismo y todavía estamos luchando contra los malos tratos y las atrocidades que se siguen cometiendo.
En nuestro medio y, con una ley provincial más, la Nº 1.053 (ex 8.083) todavía se sigue maltratando a los equinos con la tracción a sangre, los esfuerzos exagerados en cabalgatas y las exhibiciones de destreza. Y qué decir lo que sucede con los animales de compañía: reproducción descontrolada, abandono, matanzas y todo tipo de malos tratos; con las peleas de perros, riñas de gallos y carreras de galgos, que a pesar de la ley que las prohíbe, hay quienes las siguen haciendo; la caza y captura de animales silvestres, etc. ¡Cuánto nos falta para ser un pueblo civilizado!
Afortunadamente, los rescatistas y proteccionistas cada día son más, su tarea es agotadora y no dan abasto para remediar tanto problema. Pero a fuerza de trabajo, educación y sanciones, algún día conseguiremos nuestros objetivos. Esto es así, porque la protección de los animales debe ser un compromiso social.
Instamos a toda la población y al Estado a tomar conciencia de la responsabilidad que nos corresponde para que pronto podamos sentirnos orgullosos del deber cumplido.
La Ley Nº 14.346 de Protección al Animal, sancionada el 27 septiembre 1954 dice. en su artículo 1, que será reprimido con prisión de 15 días a un año, el que infligiere malos tratos o hiciere víctima de actos de crueldad los animales. Artículo 2: Serán considerados actos de maltrato: no alimentar en cantidad y calidad suficiente a los animales domésticos o cautivos; azuzarlos para el trabajo mediante instrumentos que no siendo de simple estímulo les provoquen castigos o sensaciones dolorosas. Artículo 3: Serán considerados actos de crueldad: mutilar cualquier parte del cuerpo de un animal. Intervenir quirúrgicamente animales sin anestesia y sin poseer el título de médico o veterinario, con fines que no sean terapéuticos.
Rita Aída Spinosi DNI 4.500.302 — APA (Agrupación Protectores de Animales)
