La reforma previsional que el Gobierno nacional consensuó con los gobernadores ingresó ayer a la Cámara de Senadores, e incluye propuestas sobre aumentos de haberes por encima de la inflación, 82% móvil a los beneficiarios de la jubilación mínima y extensión optativa de la edad jubilatoria a los 70 años.
Actualmente, los trabajadores varones se jubilan a los 65 años y las mujeres a los 62.
El proyecto, que formó parte del acuerdo alcanzado entre el Gobierno nacional y los mandatarios provinciales, ingresó ayer a las 0.51 al Senado, se informó desde la Jefatura de Gabinete.
Según establece la iniciativa, los incrementos en las jubilaciones se calcularán por encima del índice de inflación, lo que implica un cambio en la actual fórmula de actualización, y fue interpretado como un paso que descomprime notablemente la situación de las cajas previsionales.
Actualmente, las jubilaciones se actualizan a partir de una ecuación que combina la evolución de los salarios y el incremento de la recaudación, un sistema que rige desde 2009 y que aplica un aumento de manera automática en los meses de marzo y septiembre.
“La movilidad se basará en las variaciones del nivel general del Índice de Precios al Consumidor Nacional elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec)”, establece la iniciativa en su primer artículo.
En el mismo arranque de la nueva normativa se especifica que esa movilidad “se aplicará trimestralmente en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año calendario” y “será incrementada en el mes de junio de cada año con el 5 por ciento de la variación porcentual real del Producto Interno Bruto (PIB)”.
“La revalorización automática de las prestaciones a través del índice de precios al consumidor nacional asegura el mantenimiento del poder adquisitivo de las mismas ante la erosión provocada por la variación de precios, preservando su valor en el tiempo”, destaca el mensaje que acompaña el envío del proyecto al Senado.
El proyecto establece asimismo otorgar el 82 por ciento móvil a los beneficiarios de haberes mínimos, según el texto. “El Estado Nacional garantiza a los beneficiarios de la Prestación Básica Universal (PBU) que acrediten treinta (30) años o más de servicios con aportes efectivos, el pago de un suplemento dinerario hasta alcanzar un haber previsional equivalente al ochenta y dos (82%) del valor del Salario Mínimo, Vital y Móvil”, indica el artículo 5, incluido en el capítulo II, titulado “Haberes Mínimos Garantizados”.
Con esta medida, “se busca reforzar el principio de proporcionalidad premiando el esfuerzo de cotización realizado, sin perjuicio de tener presente el principio de solidaridad que debe regir para todos los institutos que forman parte de la seguridad social”, según se remarca en el mensaje.
Como tercera modificación, el proyecto contempla extender en forma optativa la edad jubilatoria hasta los 70 años, según establece el artículo 7 del proyecto.
“A partir de que el trabajador cumpla 70 años de edad y reúna los requisitos necesarios para acceder a la Prestación Básica Universal, el empleador podrá intimarlo a que inicie los trámites pertinentes”, se indica en el proyecto, que aclara que eso “no afecta el derecho del trabajador de solicitar el beneficio previsional con anterioridad al cumplimiento de los 70 años”.
En el mensaje que acompaña el proyecto, se indica que “en la actualidad, nos encontramos con un importante sector de la población con una esperanza de vida superior a la de las generaciones precedentes y con ganas e intenciones de seguir trabajando más allá de la edad de jubilación”.