El juez de la Sala II de la Cámara Penal, Juan Bautista Bueno de la Cruz, tuvo la certeza ayer de que durante 3 años, un cartonero sometió a sus hijastras con retraso madurativo a diferentes prácticas sexuales: unas que significaron abusos gravemente ultrajantes por las circunstancias en que se realizaron y el tiempo que se prolongaron. Y otras que incluyeron el acceso carnal. Por eso, lo condenó a 22 años de cárcel.
La fiscal subrogante en el juicio, Alejandra Bazán, había pedido 40 años de castigo, porque además de los delitos que le imputó el juez de la Sala II (secretaría de Patricia Katuchín), consideró probado que había corrompido sexualmente a ambas niñas cada vez que las atacó, es decir que había torcido el sano sentido del sexo en esas menores.
El defensor oficial del imputado, Marcelo Salinas, había pedido una pena acorde al delito de abusos sexual simple. Argumentó que el relato de las niñas había sido manipulado por la psicóloga que las entrevistó, porque esa profesional actuó como ‘perito de parte’ al depender de Fiscalía. Así -dijo- la versión espontánea de una de las menores fue el que concretó ante su abuela, a la que no le mencionó que su padrastro la hubiera obligado a practicarle sexo oral. También consideró que había que descartar un ataque con acceso carnal a la mayor de las hermanas, porque el médico no informó sobre la presencia de lesiones.
Los hechos habían sido denunciados por la madre de las niñas el 26 de octubre de 2020. Y su ahora expareja y padre de otros cinco chicos terminó preso el 11 de noviembre de ese año. La denuncia fue la consecuencia esperable de los dichos de la menor de las hermanas, que se animó a decirle a su abuela lo que su padrastro le hacía a ella y lo que había visto que le hacía a su hermana mayor (tenían 16 y 14 años) tiempo después de que su mamá se separara del ahora condenado.