En Europa y otros países de Latinoamérica ya se implementaron licencias de este tipo, con la finalidad de acotar la brecha de género en la selección de personal tanto privado como público. En nuestro país, ya se presentaron proyectos de ley en este sentido, el último y más reciente intenta ampliar la licencia por paternidad, y además introduce la novedad de la licencia familiar, dentro del marco de la “Coparentalidad”. 

Una extensión más que proporcional de la licencia por paternidad ayudaría a remover el sesgo que genera el ‘riesgo de maternidad’ y no el ‘riesgo de paternidad’, fundante del mito de que contratar mujeres implica un mayor costo para el empleador"
Extender a los hombres la licencia de paternidad en América Latina es una de las medidas que redefiniría culturalmente el papel de padre y reduciría la brecha salarial y de empleo entre hombres y mujeres, afirman expertos.

EXPERIENCIAS EN AMERICA LATINA
Mientras que Uruguay, Chile y Cuba son algunos de los países a la cabeza en legislación sobre los permisos por paternidad, con solo dos días de licencia, Argentina se encuentra a la cola de la región. Para cambiar la mentalidad de “Compañero, apoyo, esposo… Pero no padre”, se debería comenzar por el lenguaje. 

En este sentido el texto de ley de Colombia reducía al padre, el cual posee la misma importancia y deber con el menor, al simple rol de "compañero" de la madre o de la gestante. "El esposo o compañero permanente tendrá derecho a ocho (8) días hábiles de licencia remunerada de paternidad", rezaba un artículo. Compañero" es también el término utilizado en diferentes medios de comunicación latinoamericanos para abordar el tema bajo la premisa de que "la mujer requiere contar con el apoyo de su pareja, a fin de no llevar la responsabilidad ella sola". 

Por otra parte en México, se establece la licencia por paternidad  con el fin de que el hombre apoye a la mujer en los primeros días de nacimiento del hijo. El vocabulario es importante a la hora de la inclusión pero también para la comprehensión de los roles igualitarios en la familia ante la sociedad, y es la forma más clara para comenzar a romper esta brecha entre géneros, además concuerda que el rol de los medios de comunicación es "crucial".

Desde UNICEF ( Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia), también están de acuerdo en que las licencias de paternidad ayudan a eliminar los estereotipos de género, tanto en los hogares como en los lugares de trabajo. Además dice que promueven las relaciones entre los padres y los hijos, contribuyen al desarrollo infantil y facilitan el acceso laboral de mujer.

Sin embargo, se trata de un derecho desigual en la región, dentro del mismo país y que depende de la categoría laboral. Por ejemplo, en Argentina, tan solo uno de cada dos hombres tiene derecho a la licencia de paternidad, puesto que la legislación que lo recoge tan solo incluye a los trabajadores formales.

El último informe de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) indica que la maternidad sigue penalizando a las mujeres en el trabajo, tanto a nivel de acceso al empleo como salarial, porque la presión social obliga a las mujeres "a ser las principales cuidadoras".
                 

LA EXPERENCIA EUROPEA 

España se sitúa a la vanguardia de Europa en materia de permisos de paternidad, alcanzando en tres años la media que tienen los países de la Unión Europea (UE). Hasta el 31 de Diciembre de 2020, los hombres disponían de un derecho a doce semanas (12) por nacimiento o adopción, pero a partir del del 1 de enero de 2021 los que se conviertan en padres, o segundos progenitores, en España tendrán derecho a un permiso de paternidad de (16) semanas equivalente al de maternidad e intransferible.

También en el país Iberoamericano se han dictado falos muy interesantes en la materia, uno de los más recientes el de  una mujer sin pareja de Valencia, que podrá acumular los permisos de maternidad y paternidad, según ha decretado el Juzgado de lo Social número 16 de esa comunidad. El fallo,  permite que la mujer en situación de familia monoparental (sin pareja),  pueda disfrutar tanto de las semanas que le corresponderían como madre como de las del padre. Con esta decisión, el juzgado condena a la Seguridad Social y a la Tesorería General a su abono, después de que ambos organismos se hubiesen mostrado contrarios a esta agrupación.

En la sentencia se determina que, de no permitirse la comunión entre ambos permisos, se estaría llevando a cabo un episodio de discriminación de las familias monoparentales con respecto a las biparentales. “Si se deniega la prestación a la beneficiaria en los términos que lo pide, existe una conculcación del derecho de la igualdad que consagra la Convención sobre los Derechos del Niño (…) por cuanto que la atención, cuidado y desarrollo del menor afectado va a sufrir una clara merma respecto a la que van a recibir otros en situación semejante, encuadrados dentro de un modelo familiar biparental”

ARGENTINA
El proyecto ingresado al Congreso recientemente, propone la modificación de distintos supuestos relacionados al régimen de licencias de los trabajadores que se convierten en padres, a saber;
a)    Modificación del régimen de licencias por nacimiento en general sin distinción de sexo.
b)     Ampliación de licencias para paternidades y personas no gestantes que ejercen la “corresponsabilidad parental".
La iniciativa propone ampliar la licencia por paternidad a 30 días, y volverla obligatoria y remunerada,  ya que la legislación laboral establece solo dos días por paternidad, y que no tienen carácter de obligatorios.
El proyecto también introduciría la licencia familiar por 30 días, que tendría  carácter transferible, obligatorio y remunerado para que cada familia pueda decidir quién la utiliza.

CORRESPONSABILIDAD PARENTAL             
La responsabilidad que incumbe a ambos padres en la crianza y educación de los hijos, esto es, la corresponsabilidad parental, la figura que introduce el proyecto de ley sobre licencias, y que aparece indisolublemente ligada, particularmente en textos internacionales, al interés superior de los hijos, en términos que puede postularse que, a ambos padres les corresponden responsabilidades respecto de sus hijos no tanto porque ambos tienen iguales derechos, sino porque así lo demanda el interés superior de los niños, es decir, las responsabilidades parentales compartidas, reflejan materialmente el interés de los hijos. La finalidad del establecimiento de la corresponsabilidad parental no es primordialmente satisfacer los deseos e intereses de los progenitores, sino proteger los derechos e intereses de los hijos.
Por lo expresado un régimen de licencias con enfoque coparental que otorgue más días de licencia a los varones puede promover una mayor participación laboral de las mujeres y revertir la discriminación por género en el mercado de trabajo, como así también favorecer la crianza compartida de los menores.

Colaboración: Vanesa Débora Mestre / Abogada (Matrícula Provincial 3278- Matrícula Mendoza 6118 – Matrícula Federal T. 78- F. 316) / Teléf. 2644189975