Está comprobado que las mayores estafas económicas como también las maniobras para liderar la venta de drogas y facilitar el narcotráfico, además de perpetrar secuestros virtuales u otras maniobras similares, se concretan o se planean en zonas periféricas de las grandes ciudades o en las cárceles o servicios penitenciarios. Esto es posible al permitirle a los detenidos utilizar teléfonos celulares para comunicarse libremente, sin ningún tipo de restricción ni recurso técnico que bloquee llamadas indebidas que se utilizan de manera delictiva.
Las autoridades penitenciarias por lo general niegan que esto sea así, pero hay que remitirse a las pruebas para demostrar que gran parte de los planes delictivos tienen su origen en ámbitos del servicio penitenciario donde es evidente que cada tanto las normas de seguridad se hacen más flexibles.
Como ya lo hemos señalado en otras ocasiones, es común que los internos accedan de diferentes maneras a avanzados teléfonos celulares y que se las ingenien para conseguir grandes cantidades de chips o tarjetas de memoria, o contar con wifi y usar redes sociales como Whatsapp en celulares propios o de terceros, con los que ejercen desde la cárcel dominio para perpetrar actos delictivos, que sin estos recursos les resultarían muy difíciles llevar adelante.
En ocasión de la pandemia se establecieron algunas normas de control y seguridad parta limitar el uso de los celulares, en momentos en que los internos pedían una mayor libertad para contrarrestar el aislamiento en vigencia.
Pasado ese período, de una manera no oficial, en la práctica volvió a liberarse el uso de los celulares intensificándose los casos de extorsión, estafas o secuestros virtuales.
Ha llegado el momento de regular el uso de los móviles y también las líneas fijas que se disponen en las cárceles. Mediante recursos tecnológicos se pueden inhibir llamadas, limitándolas sólo a familiares directos o a comunicaciones muy necesarias. No se puede permitir que los presos tengan comunicación permanente con el exterior, a cualquier hora del día o que vean a través de las redes sociales o mediante la función de reproducir películas o series, contenidos que inciten a la violencia y actitudes agresivas. Lo mismo que a través de otros dispositivos tecnológicos como la televisión o las tablets.
Se debe comprender, que por más que se hable de derechos humanos las personas que están en la cárcel no pueden acceder a todos los contenidos ya que hay algunos que no contribuyen con su recuperación. Bloquear parcialmente las comunicaciones no es ninguna medida inhumana o que atente contra la salud física o mental del interno. Lo único que se debe tratar es evitar que desde las cárceles se siga comandando actos delictivos que perjudiquen a la comunidad, evitando que sus integrantes puedan vivir en paz y con seguridad. Los presos deben estudiar o trabajar, cuidar su salud física y cultivar su moral y buenas costumbres para reinsertarse en la comunidad, y no dedicarse, con ayuda tecnológica, a ver de qué forma pueden seguir delinquiendo a la distancia.
