El Gobierno renovará la cuarentena que regirá en el país hasta, por el momento, el próximo 16 de agosto. Lo hará a través de un DNU que se publicará en el Boletín Oficial en las próximas horas y tendrá vigencia desde mañana. Por el momento, en San Juan, continúan habilitadas las reuniones familiares.
Entre otros puntos, establece la prohibición de la realización de eventos culturales, recreativos y religiosos en espacios públicos o privados con concurrencia mayor a DIEZ (10) personas, y se menciona que los mismos deberán realizarse, preferentemente, en lugares abiertos, o bien respetando estrictamente el protocolo que incluya el distanciamiento estricto de las personas que no puede ser inferior a DOS (2) metros, y en lugares con ventilación adecuadas.
También quedan prohibidos los eventos sociales o familiares en espacios cerrados y en los domicilios de las personas, en todos los casos y cualquiera sea el número de concurrentes, salvo el grupo conviviente. La infracción a esta norma deberá ser denunciada por la autoridad interviniente a fin de que la autoridad competente determine si se cometieron los delitos previstos en los artículos 205 y 239 del Código Penal de la Nación.
Esta restricción ya había sido anunciada por la secretaria de Acceso a la Salud, Carla Vizzotti, durante el reporte diario del domingo. “En esta nueva normativa y por estos quince días hasta el 16 de agosto, se van a suspender y restringir las reuniones sociales en todo el territorio nacional para que allí donde hay brotes se puedan controlar y donde no hay y sí hay circulación por las diferentes actividades autorizadas, podamos minimizar la posibilidad de tener un brote en relación a la responsabilidad individual”.
De esta forma, lugares como San Luis, Salta o varios municipios bonaerenses, entre otros, que a raíz de su situación sanitaria se encuentran en fase 5 de la cuarentena, con una flexibilización de actividades en marcha, deberán volver a prohibir las reuniones sociales.
Misma restricción será para la práctica de cualquier deporte donde participen más de DIEZ (10) personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de DOS (2) metros entre los y las participantes. Los mismos deberán realizarse, preferentemente en lugares abiertos, o bien respetando los dos metros de distancia.
Los cines, teatros, clubes, centros culturales, el servicio público de transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional, y el turismo, tampoco pueden volver a la actividad.
Estas restricciones estarán vigentes inclusive en las zonas del país donde la cuarentena no es tan estricta y funciona lo que se denominó Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio. Es decir, todo el territorio argentino con excepción de la ciudad de Buenos Aires, los 35 distritos bonaerenses que componen el Área Metropolitana, la provincia de Jujuy, tres departamentos de La Pampa, y el departamento de Río Grande, en Tierra del Fuego, según el texto del decreto al que accedió Infobae.