A partir de este mes entrarán en vigencia nuevas normas que regirán la administración del Bautismo, según un decreto que firmó monseñor Jorge Lozano y que tiene alcance provincial. Entre los cambios más importantes figuran que ahora los niños podrán ser bautizados aunque no tengan padrinos. Otras de las modificaciones es que hasta los hijos de un matrimonio igualitario también podrán recibir este sacramento sin ninguna restricción. Esto se hizo en consenso con los sacerdotes locales. Las medidas regirán desde el 29 de agosto próximo.

Estas nuevas disposiciones, según dijo el sacerdote José Juan García, responden a los lineamientos de una Iglesia de brazos abiertos, que ama y respeta a todos por igual, como la que propone el Papa. Agregó que muchas de estas normas ya se aplicaban en algunas parroquias, pero que con este decreto se oficializan y se dejan por escrito para que se apliquen en todas las parroquias de la provincia de manera obligatoria. Y que resultaron del consenso de los distintos párrocos.

"El bautismo del bebé se retrasaba porque sus padres no encontraban padrinos. La prioridad es que reciba este sacramento lo antes posible, por eso se cambió la norma respecto a este punto", dijo García.

Hasta ahora, el niño para ser bautizado debía contar con un padrino y una madrina. De aquí en adelante podrá recibir el sacramento aun si tiene un solo padrino o ninguno. Este cambio busca que el chico sea bautizado antes de que cumpla el año de vida. Si recibe este sacramento entre los 4 y 8 años de edad, deberá recibir una preparación previa que consiste en una charla el día anterior a la ceremonia en la que se le explica el significado del mismo. Si tiene más de 9 años, deberá hacer un año de catequesis. "Desde hace un tiempo ya se dicta la catequesis prebautismal para los chicos de esta edad y para los padres y los padrinos también. La idea de que todos comprendan lo que significa el bautismo y que lo vivan como una fiesta de fe", dijo el sacerdote Rodrigo Robles.

Otros de los cambios importantes propuestos es que podrán ser bautizados sin inconvenientes los hijos de madres solteras, de padres divorciados, de matrimonios igualitarios y los concebidos por fecundación asistida. "Esto surge ante la premisa de que la Iglesia se adapte a la realidad social que vivimos. El bautismo es un sacramento que no se le niega a nadie", dijo Rómulo Cámpora.

Otra de las nuevas disposiciones es que la "ofrenda" económica para acceder a este sacramento será de 300 pesos, que se pagarán de manera voluntaria. Este valor regirá en todas los templos de la provincia, sin distinción de categoría.

 

 

 

 

Otras disposiciones

 

Admisión del pedido

El secretario parroquial deberá dar un "sí" claro a la petición de bautismo, sin imponer más condiciones o requisitos que las que consignan estas normas. En caso de las dudas o dificultades que puedan surgir al momento de recibir la petición, será el párroco o sacerdote de otra comunidad el encargado de dar la solución pertinente, teniendo en cuenta estas disposiciones. Cada templo dispondrá de un documento escrito con las 18 normas establecidas para la administración del bautismo.

 

Padrinazgo

Podrá ser padrino o madrina quien, habiendo cumplido 14 años de edad, sea elegido por los padres del niño a bautizar. Los únicos requisitos que debe reunir es ser católico bautizado (debe acreditarlo con el certificado de bautismo) y tener una vida respetable. En este sentido, las normas establecen que queda excluido de ser padrino o madrina toda persona que pudiera ser motivo de escándalo público, como por ejemplo un delincuente. Con esto se busca preservar la integridad del niño.

 

Lugar de ceremonia

Según las normas estipuladas, el lugar de celebración de la ceremonia del bautismo será el templo parroquial o las demás capillas donde se celebran otros sacramentos de iniciación cristiana. También podrá realizarse en otros espacios en ocasión de una misión o de novenas patronales. La familia del niño podrá elegir libremente la parroquia o la capilla donde realizar el bautismo de su hijo. Además, los padres no deberán cumplir ningún requisito para solicitar el bautismo de su hijo.

 

Pago voluntario

La ofrenda económica para acceder al sacramento del bautismo será la estipulada por decreto de la Arquidiócesis, y nunca deberá superar esa asignación, pudiendo ser menor o voluntaria. Según lo estipulado, el valor de esta ofrenda será de 300 pesos en todas las parroquias. Además, según estas normas, no habrá cobro por ningún concepto adicional de la celebración. Se cuidará que esta cuestión no resulte un impedimento para acceder al sacramento, ya que todo niño tiene el derecho de recibir el bautismo.

 

Constancia de datos

Los datos sobre la administración de este sacramento deben quedar sentados en el Libro de Bautismos de la parroquia donde se llevó a cabo, dentro del mes siguiente. Se registrará los datos personales de los padres, del niño bautizado, y de sus padrinos, en caso de que los tuviera. El Libro de Bautismos debe ser el aprobado por la Conferencia Episcopal Argentina.

Se deberá contar con la firma del Canciller cada vez que se comience con un Libro de Bautismos nuevo.

 

Aplicación

Cualquier duda acerca de la administración de alguna de estas normas establecidas, deberá consultarse con el obispo o con la persona que él delegue para esta función. Las presentes normas no abarcan todas las cuestiones referidas al bautismo de los niños, sino aquellos aspectos en los cuales se ha solicitado tener un criterio común en la Arquidiócesis de San Juan de Cuyo. Se aplicarán dentro de la provincia, aunque son similares a las que se están aplicando en otras jurisdicciones.

 

Fecha de aplicación

Monseñor Jorge Lozano firmó la promulgación del decreto con las nuevas disposiciones sobre la administración del sacramento del bautismo el pasado 24 de junio, día que se conmemora el nacimiento de San Juan Bautista, Patrono de la Arquidiócesis de San Juan. Las normas entrarán en vigencia a partir del 29 de agosto próximo.

 

Informatización

En el plazo de un año desde la publicación de estas normas, todas las parroquias de la Arquidiócesis tendrán implementado el Registro Digital de Sacramentos, promovido por la Conferencia Episcopal. De esta manera se podrá cargar los datos de los bautismos en un sistema informático que permitirá su consulta de manera inmediata.