El abogado Mauricio D"Alessandro, defensor de una de las asistentes a la celebración del cumpleaños de la primera dama, Fabiola Yáñez, en la Quinta de Olivos durante la etapa más estricta de las restricciones por covid-19, pidió ayer al juez Sebastián Casanello que declare la "inconstitucionalidad" de los decretos de necesidad y urgencia que establecieron la prohibición de circulación y desplazamientos como medida preventiva para contener la pandemia.
El planteo fue hecho en nombre de Stefanía Domínguez, amiga y asesora de Yáñez. "Debe descartarse que con su accionar hubiera puesto en peligro la salud pública y/o propagado una enfermedad que no padecía", subrayó la defensa.
Stefanía Domínguez (31 años) es la amiga de Yáñez a quien en el Ejecutivo señalan como la responsable de filtrar la primera fotografía de la fiesta, además de videos. Stefanía se presenta como abogada y health coach (brindan asesoramiento a personas que quieren tener un estilo de vida saludable).
Según el escrito, "de las tomas fotográficas y filmaciones incorporadas podía observarse un grupo de personas que concurrieron a una reunión, sin aparente respeto de los protocolos sanitarios".
No obstante, consideró el defensor de una de las asistentes a la velada (de julio de 2020), tal conducta "encuentra encuadre en el ejercicio de derechos de jerarquía superior, como son la libertad de reunión y, a su vez, no haberse corroborado que en ese entonces se hubieran encontrado cursando la enfermedad causada por covid-19 o padeciendo algún síntoma".
D"Alessandro sostuvo que el decreto de necesidad y urgencia (DNU) vigente para la fecha de la celebración, así como todos los otros adoptados en el marco de la pandemia que hubieran cercenado libertades individuales, son contrarios a la Constitución.
Advirtió que "el texto del DNU 576/2020 permitía las reuniones sociales de hasta diez personas en determinados aglomerados urbanos". "Aún cuando pudiera argumentarse que habría violado el distanciamiento o aislamiento, lo cierto es que existiría un error de derecho, que haría el accionar inimputable a mi asistida", insistió. En la presentación el abogado también sembró dudas acerca de la veracidad de las imágenes que ratifican la realización de la fiesta: "Sin perjuicio de ello, señalo que las imágenes no poseen fecha cierta de cuando habían sido tomadas, ni contienen certificación actuarial que den cuenta de ello, correspondiendo (supuestamente) a un período de hace más de un año atrás".