El Bloquismo, para las elecciones de enero de 1923, concurrió con un programa electoral en el cual declaraba "que realizaría una amplia democracia, mejorando la condición moral, intelectual y económica de la clase trabajadora". De igual manera, explicaba su política social: "Jornada Máxima de trabajo"; "Salario Mínimo"; "Creación de Oficina de Trabajo para inspección y estadísticas y colocación de desocupados"; "Fomento de Cooperativas Obreras y de Mutualidad"; "Creación de Seguro contra enfermedad, invalidez, ancianidad y muerte"; "Reglamentación higiénica del trabajo"; "Reconocimiento de personería a los sindicatos de patrones y obreros"; "Defensa del pequeño productor y del peón de campo".

Primer gobierno Bloquista. En las elecciones del 14 de enero de 1923, se enfrentaron dos fuerzas antagónicas: Bloquismo, con un programa de gobierno similar a los partidos radicales europeos, por su tendencia liberal y moderna; y Concentración Cívica: conformado por industriales y conservadores, sin programa de gobierno definido, pero abiertamente favorable a la clase industrial. 

Ausencia de legislación social hasta 1923. Nos dice José P. Barreiro, que ni el decreto de 1919, reglamentaria de la ley de accidentes de trabajo en la provincia, ni la norma legal de creación del Departamento Provincial del Trabajo, pueden tomarse como iniciativas serias en materia de legislación social, ya que no tenían finalidad concreta, ni orientación auténticamente social, como para determinar su éxito.

Hasta el año 1923, San Juan sin legislación social. Las iniciativas serias en la materia comienzan ese año, muchas de ellas antes que a nivel nacional. Son los gobiernos bloquistas los autores, pioneros en legislación social.

Departamento Provincial del Trabajo. Con un concepto social bien definido, una de las primeras medidas del gobierno que asumió el 12 de mayo fue la de ampliar las atribuciones del Departamento Provincial del Trabajo, organismo creado en 1917. La Jornada Máxima de Trabajo y el Salario Mínimo eran conceptos ilusorios en la provincia. Las jornadas de trabajo fluctuaban de 12 a 16 horas, mientras que la remuneración eran "una vergüenza".

Cláusulas sociales de la Constitución de 1927. La síntesis de la legislación social desarrollada por los gobiernos bloquistas, entre los años 1923 a 1932, está en el artículo 32 de la Constitución Provincial de 1927: Reconocimiento a los habitantes del derecho a un mínimo de seguridad económica; Jornada Máxima; Salario Mínimo; Régimen de Seguro contra la enfermedad, la vejez y la invalidez; Régimen de amparo a la maternidad, la viudez y la niñez desvalida; Fomento de la Construcción de Viviendas higiénicas; Reglamentación de los Sindicatos; Protección de la Familia y del Hogar.

Gobierno democrático. Dos años y tres meses consolidaron esa transformación realizada no por la acción directa de las masas, sino por el Gobierno. Por todo ello, a nadie pudo sorprender que en enero de 1923 el Bloquismo impusiera de gobernador a Federico Cantoni por 12.000 votos, y que en octubre de 1926 impusiera de gobernador a Aldo Cantoni por 18.500 votos, a pesar que el padrón no fue modificado en lo más mínimo.

 

 

Por Carlos Ciro Maturano   Historiador – Investigador.