Mostrar los pechos en una playa no constituye un delito. En consecuencia, la policía no puede pedirle a una mujer que esté haciendo topless en un lugar público que abandone el lugar o que se vista. Mucho menos, detenerla. Así surge del fallo que emitió ayer el juez en lo Criminal N 1 de Necochea, Mario Juliano, luego de la polémica que se desató el sábado último cuando tres mujeres que hacían topless debieron dejar la playa luego de que un grupo de agentes de policía les pidieron que se vistieran o que se fueran.

 

"Que una mujer descubra sus senos no constituye un acto lesivo para terceros", dijo el juez en una resolución que, además archiva las actuaciones de la policía ante el caso y no establece sanciones para las tres mujeres, tal como amenazaron los agentes de la Policía bonaerense. Juliano, además, consideró que el artículo del Código de Faltas de la provincia de Buenos Aires que esgrimió la policía es inconstitucional e instruyó a los efectivos de esa fuerza a no volver a aplicarlo. Además, elevó un pedido a la Legislatura provincial para que reforme ese artículo, redactado en 1973. "Es legado postrero del gobierno militar y un ejemplo de otras figuras inconstitucionales que todavía persisten en el código. Ojalá que esta polémica sirva para que avancemos en una reforma que nos permita tener un código moderno, que propicie una convivencia armónica y el uso equitativo del espacio público", dijo Juliano.

 

En el fallo, el juez apunta que lo que hicieron las tres mujeres que se sacaron los corpiños fue "un acto de rebeldía cívica frente a pautas culturales", pero que de ninguna manera eso puede ser interpretado como un delito. Ni siquiera como una contravención. "Los hechos carecían de relevancia contravencional. La norma se refiera a actos obscenos que afectar la decencia pública. Que una mujer descubra sus senos no constituye una acto objetivo lesivo para terceros", dice. Además, agrega el juez en diálogo con La Nacion, "hablar de actos obscenos y de decencia pública es una prueba de que se trata de una legislación inconstitucional. La moral pública es una forma arbitraria de imponer un estilo de vida a las demás personas. No sólo son términos que nos suenan anacrónicos sino que producen un estado de inseguridad jurídica. Porque ¿qué es la moral? En todo caso, su aplicación dependerá de la visión de qué es moral quien aplique las normas. Nos deja a los ciudadanos ante la imposibilidad de saber si nuestros actos son punibles o no y nos deja librados a la criterio de quien sea autoridad", apunta Juliano.

 

 

"Por eso, la prohibición para exhibir el cuerpo tiene una raíz autoritaria. Sobre todo en una sociedad que celebra la exhibición mediática del cuerpo femenino y que establece límites muy difusos acerca de qué es exhibición obscena y qué lesiona la decencia", apuntó el magistrado.

 

Ante la consulta sobre qué ocurre con aquellas personas que no se sienten cómodas en una playa donde se practique el topless, el juez consideró que será oportuno un debate social acerca de si se deben establecer sectores o si se puede practicar en cualquier lugar. "Al que no le gusta, siempre tiene la libertad de mirar para otro lado. En una sociedad plural y diversa no podemos pretender que todos piensen igual y tengan los mismos criterios pero sí tenemos que aprender a respetar la diferencia sin que eso nos impida convivir", asegura.

 

A los efectivos policiales el juez les solicitó que no vuelvan a aplicar el argumento de la contravención y también sugiere que si, ante el pedido de alguna persona que se siente molesta porque alguien hace topless, concurran e intenten mediar entre las partes, aunque sin recurrir a la fuerza ni a solicitarles que se vistan o dejen la playa.

 

"Creo que lo que hicieron estas tres mujeres fue un acto de valentía. De rebeldía cívica. Lo mismo que los llamados tetazos que se van a hacer en todo el país para que repensemos como sociedad cuestiones como éstas y que trabajemos por la defensa de las libertades", dice.