La Cámara de Diputados convirtió ayer en ley por voto unánime un proyecto que penaliza no sólo la distribución y comercialización de pornografía infantil sino también la simple tenencia.

La iniciativa unificó propuestas originales de distintos bloques que modifican el artículo 128 del Código Penal.

Los diputados avalaron el dictamen en el que se planteó la modificación de ese artículo para castigar la simple tenencia de “toda representación de un menor de 18 años dedicado a actividades sexuales explícitas o de sus partes genitales con fines predominantemente sexuales”.

El texto aprobado sostiene que será castigado con penas de prisión de tres a seis años el que “produjere, financiare, ofreciere, publicare, facilitare, divulgare o distribuyere por cualquier medio” material con pornografía infantil. Y agrega que será “reprimido con prisión de cuatro meses a un año el que tenga en su poder representaciones de pornografía infantil” y con entre seis meses y dos años para quien tenga material “con fines inequívocos de distribución o comercialización”.

En el último párrafo se establecen penas de prisión de un mes a tres años a quien “facilite el acceso a espectáculos pornográficos o suministre material pornográfico a menores de 14 años”.

La diputada Gabriela Burgos (UCR), presidenta de la comisión de Legislación Penal, dijo que “no tenemos que tener temor y hay que decirlo con todas letras: el que tiene pornografía infantil es un pedófilo. Es un paso previo para la materialización del abuso sexual infantil”.

Calculan que el negocio genera 250 milllones de pesos anuales.