La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización y distribución en todo el país de un test rápido de Covid-19, un aparato de electrodos y un aceite de girasol por diferentes irregularidades en su rotulado o por ser productos falsificados.
En primer lugar, el organismo prohibió el “uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de las unidades ilegítimas” de la prueba de coronavirus fabricada por la empresa Hangzhou Immuno Biotech CO LTD., con sede en China, bajo la dirección técnica de Natalia Vanina Panzero, cuya Matrícula Nacional es 16.281/202006T02.
El producto fue detectado a partir de una denuncia realizada por el presidente de la Cámara Argentina de Reactivos para Diagnóstico (CAPRODI), a raíz de que uno de estos productos no contaba “con datos de registro, importador, lote y vencimiento, entre otra información”.
Cabe destacar, que el test había sido adquirido en una farmacia de la provincia de Santa Fe y el mismo fue entregado después a las autoridades de la ANMAT para la “posterior verificación de legitimidad”.
La ANMAT pudo comprobar que el producto era falsificado y que tenía varias diferencias con respecto al original. “Entre las diferencias que se pudieron apreciar, la unidad original se distribuye en presentación por veinte unidades, que incluyen veinte pouch con la tira reactiva, un frasco buffer para ser utilizado con las veinte tiras reactivas y veinte pipetas y posee un instructivo de uso; mientras que la muestra falsificada se encuentra usada, no posee buffer, pipeta ni pouch”, se precisó en la Disposición 8209/2021.
En tanto la Anmat retiró del mercado algunos aparatos médicos de diferentes empresas y lo hizo a través de la Disposición 8212/2021.
Uno de estos es el electrodo para la estimulación endocárdica de la marca Tendril STS. Puntualmente, los lotes afectados son los P000093003, Serie n° CPA833412; y A000107077, Serie n° CAW360540.
Lo mismo hizo con un introductor de catéter de la firma Peel Away, lotes 7737533, serie n° SJ00025160, y 7737533, serie n° SJ00024989; y un marcapasos cardiaco implantable de la compañía Endurity Core, lote P000106971, serie n° 9748686.
En el informe se detalló que todos estos elementos se encontraban aprobados por la ANMAT, identificados unívocamente mediante un número de serie e incorporados en el Sistema Nacional de Trazabilidad, por lo que constan en el sistema como productos “robados”.
“En consecuencia, y a fin de proteger a eventuales adquirentes y usuarios de los productos involucrados, la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de productos para la Salud sugirió prohibir el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de los productos identificados”, señaló el documento.
Aceite retirado del mercado
El organismo también prohibió el “Aceite de girasol, marca Óleos, RNE N° 02-032427, RNPA N° 21-02504972″ por carecer de autorización de establecimiento y de producto, y estar falsamente rotulado al consignar en su rótulo un número de RNE que se encuentra vencido y de RNPA inexistente, resultando ser un producto en consecuencia ilegal.
En la Disposición 8213/2021, se informó que esta decisión se tomó a raíz de una denuncia realizada ante el Instituto de Control de Alimentación y Bromatología (ICAB) de la provincia de Entre Ríos en relación a la comercialización de este alimento.