La medida propone que el Poder Ejecutivo fije hasta tres días de feriados, o días no laborables por año, para la promoción turística y ya se especula con cuáles serán los que se agregarán al calendario 2018.

 

Tan solo dos son los feriados que caen martes o jueves el año que viene: el el 1 de Mayo, Día del trabajador, y el 25 de diciembre, Navidad. Ambas son fechas posibles para establecer un feriado puente.

 

A diferencia de 2017, en 2018 habrá más feriados en días contemplados por la ley para que se trasladen.

 

ASÍ QUEDARÍA EL CALENDARIO DE 2018

 

Lunes 1º de enero: Año Nuevo.

 

Lunes 12 de febrero: Carnaval.

 

Martes 13 de febrero: Carnaval.

 

Sábado 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia.

 

Viernes Santo.

 

Lunes 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas.

 

Martes 24 de abril: Día de acción por la tolerancia y el respeto entre los pueblos

 

LUNES 30 de ABRIL: FERIADO PUENTE

 

Martes 1º de mayo: Día del Trabajador.

 

Sábado 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo.

 

Domingo 17 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín de Güemes.

 

Miércoles 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General D. Manuel Belgrano.

 

Lunes 9 de julio: Día de la Independencia.

 

Miércoles 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General D. José de San Martín. 

 

Viernes 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural.

 

Martes 20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional.

 

Sábado 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María.

 

Lunes 24 de diciembre: Feriado puente por Navidad

 

Martes 25 de diciembre: Navidad.