Al someterse a una operación de extracción del útero (histerectomía), la paciente sufrió dos tipos de lesiones, las que, en líneas generales, le produjeron la pérdida del control de orina. Los médicos que intervinieron fueron Andrea Sabastky y Gustavo Mofficone, quienes recibieron un nuevo revés judicial, ya que los jueces de la Sala I de la Cámara Civil ratificaron la sentencia de primera instancia que pesaba sobre ellos por su responsabilidad en la mala praxis. No fue lo único, ya que los magistrados también incluyeron en la condena al urólogo Marcelo Zalazar, quien intervino quirúrgicamente a la mujer en cinco oportunidades sin solucionar el problema. Los camaristas, además, confirmaron el castigo civil contra el Sanatorio Argentino, en donde se desempeñaron los profesionales, y entendieron que la damnificada sufrió una incapacidad parcial y permanente del 48 por ciento, por lo que fijaron una indemnización de al menos 3 millones de pesos. Con los intereses tras casi 10 años de la primera operación, la cifra está cerca de los 10 millones.

El fallo es de mediados del mes pasado, pero salió a la luz esta semana y lleva la firma de Juan Carlos Noguera, Juan Carlos Pérez y Juan Jesús Romero. Los casos de mala praxis con confirmación en segunda instancia son poco habituales y fuentes judiciales no pudieron asegurar si la resolución quedó firme o los condenados contaban con plazo para ir a la Corte de Justicia para revertir el resultado.

La indemnización fue de al menos $3 millones, más la actualización tras casi 10 años.

La damnificada es una empleada del Poder Judicial, quien se sometió a la histerectomía por cirugía laparoscópica el 15 de marzo de 2012, cuando tenía 42 años. La sentencia de primera instancia consideró que los médicos Savatsky y Mofficoni incurrieron en mala praxis, debido a las lesiones que le ocasionaron a la paciente tras la operación, lo que fue ratificado por los integrantes de la Sala Civil. El juez Noguera, quien fundó el primer voto, sostuvo que el abogado de Triunfo Seguros, compañía que representó a los profesionales y al sanatorio, cuestionó la valoración que hizo el magistrado de primera instancia, "sin demostración alguna del error que le endilga. No acredita de ninguna manera que, con otros elementos obrantes en la causa, el resultado de la decisión pudo eventualmente ser distinto". La inclusión del sanatorio obedeció a la aplicación del artículo 1.113 del Código Civil vigente al momento del hecho, el cual señala que "la obligación del que ha causado un daño se extiende a los daños que causaren los que están bajo su dependencia". El demandante Carlos Cocco explicó que "la actividad sanatorial es corresponsable porque en ese ámbito se ocasionó el daño y no es necesario que el médico esté en relación de dependencia".

Por otro lado, Cocco había apelado la desvinculación civil del urólogo Zalazar, al remarcar, entre otros puntos, el fracaso de cinco operaciones, frente a una sola cirugía favorable que realizó un profesional del Hospital Italiano de Buenos Aires, sumado a los errores en que habría incurrido. Los camaristas llegaron a la conclusión de la "culpabilidad" del tercer médico, que tuvo que intervenir a la paciente en "varias oportunidades para recién advertir que no tenía éxito en sus cirugías", resaltó Noguera en su resolución. Además, indicó que el profesional incumplió con la obligación del consentimiento informado, debido a que no comunicó "correctamente" a la mujer "sobre los pasos a seguir en cada una de las intervenciones quirúrgicas". Y, también, agregó que en las pericias "queda aclarado el daño causado por las sucesivas cirugías que resulta imposible desvincular al facultativo de su responsabilidad en los daños sufridos por la demandante"

Los jueces consideraron que la mujer sufrió una incapacidad sobreviniente del 48 por ciento, por lo que fijaron una indemnización de 2.438.844 pesos, más daño moral por 600 mil pesos, entre otros rubros.

Así, los condenados fueron Savatsky, Mofficoni, el Sanatorio Argentino y la empresa El Triunfo Cooperativa de Seguros, al igual que Zalazar y Prudencia Compañía Argentina de Seguros Generales SA. A la hora de practicar la liquidación, la demandante puede cobrarles a las aseguradoras, de acuerdo a las coberturas, o a la clínica o a los médicos.

 

Claves

 

Primera cirugía

El juez de primera instancia y los de la Cámara Civil condenaron a los dos médicos que le hicieron una histerectomía a una paciente y le dejaron lesiones que le provocaron la pérdida del control de orina.

 

Operaciones fallidas

La mujer fue operada cinco veces por otro profesional, pero este no pudo solucionar el problema. La paciente fue intervenida quirúrgicamente en el Hospital Italiano de Buenos Aires y logró la recuperación, aunque quedó incapacitada.

 

Empresas

La Justicia también castigó civilmente al Sanatorio Argentino. Dos compañías aseguradoras deberán afrontar la indemnización, de acuerdo a la cobertura de la póliza. La demandante puede ir contra los otros implicados.