El robo de dinero y drogas del juzgado Federal 2 de San Juan ocurrido en 2011 que tenía en la mira a la exsecretaria María Paula Carena, parece que escribió su último capítulo. Es que la Cámara Federal mendocina dictó el sobreseimiento de la exfuncionaria al haber prescripto la investigación que tenía en su contra y por la que había sido procesada por actuar con imprudencia o negligencia en su función. El caso fue escandaloso en su momento y sufrió varios giros legales.
El 24 de noviembre de 2011 la misma Carena denunció en Gendarmería que alguien sustrajo unos 15 kg entre cocaína y marihuana y $27.000 en efectivo. La investigación pronto giró la atención hacia otro exempleado, Rogelio Videla quien, al parecer, le entregó los estupefacientes al narco Pedro Guiñez.
Carena fue procesada por el juez mendocino Walter Bento por el delito de sustracción de medios prueba a su cargo en su modalidad culposa, es decir por actuar con imprudencia o negligencia en su función. La exfuncionaria apeló, pero también hubo un planteo de Fiscalía, que le endilgaba delitos más graves, de tipo dolosos, como el incumplimiento de los deberes de funcionario público, el abuso de autoridad y la malversación de caudales públicos, que abarca específicamente la sustracción del dinero.
Después los camaristas Alejandro Waldo Piña, Juan Antonio González Macías y Raúl Alberto Fourcade, aceptaron el recurso de queja de la Fiscalía, que consideraba arbitraria la decisión del juez Bento por encasillar los hechos solamente en el artículo 255, sin dar razones o fundamentar por qué dejaba de lado otros ilícitos, tal como pedía el Ministerio público.
La fiscalía reclamaba porque entendió, entre otros motivos, que si todo quedaba como una sustracción de medios de prueba, por descuido, después no podrían atribuirle ilícitos más graves a Carena. Y así le impediría al Estado uno de sus objetivos fundamentales, que es profundizar la pesquisa en casos de corrupción, aseguraron fuentes judiciales.
Cuando Videla y Guiñez apelaron el procesamiento en su contra, el tribunal ordenó investigar también a Carena por no cumplir su deber de secretaria, es decir por no controlar y evitar esas maniobras.
La decisión del tribunal mendocino de ampliar la indagatoria a Carena por otros tres delitos, se produjo cuando la exsecretaria ya había sido procesada, sólo por el artículo 255.
Recién este año el recurso de apelación que había presentado el Ministerio Público, fue desistido por la fiscal de Cámara Cecilia Emelaj, quien entendió que lo ocurrido sólo podía encuadrarse en un delito de tipo culposo y no doloso, como reclamaba la Fiscalía: "No entendemos que la conducta haya sido dolosa, si no culposa o negligente", escribió textual en su resolución la funcionaria, según fuentes de la Justicia.
Además Emelaj entendió que ese delito culposo estaba prescripto por la renuncia de Carena a su cargo: "Ha operado la prescripción, ya que dejó su función el 3 de noviembre del año 2014, por lo que por aplicación del segundo párrafo del artículo 67 la prescripción se suspendió hasta el momento que dejó de ser funcionaria pública…", según la resolución.
Según la fiscal de Cámara no hubo luego ningún incidente en la investigación que interrumpiera la prescripción y entendió que el 23 de febrero del año pasado, la causa debía pasar a archivo.
Este año, finalmente la Cámara Federal de Apelaciones dio por desistido el recurso de apelación del Ministerio Público Fiscal y declaró extinguida la acción penal sobre el delito culposo y sobreseyó a Carena.
Otro robo
En 2015 sustrajeron 40 kg de estupefacientes y más de $40.000. Carlos Tacca (66), exsecretario del juzgado federal acusado de facilitar esa sustracción, por negligencia, fue sobreseído con el pago de una multa de casi $9.000 y 144 litros de leche que entregó luego a Casa Cuna como parte del castigo impuesto.