Al momento de escuchar la sentencia por la cual fueron absueltos del crimen de la psicóloga María Rosa Pacheco, Juan José Balmaceda (marido de la víctima), y su hermano Jorge Luis, habían pasado dos años, nueve meses y unos 28 días presos. Al recibir un fallo favorable, los hermanos demandaron a la provincia por el tiempo que estuvieron detenidos al entender que sufrieron "privación ilegítima de la libertad, sometimientos ilegales de privación de la comunicación y asistencia espiritual", más "un estado de inseguridad vivido que arruinaron su honor, moral y vida entera". De ese planteo han pasado 22 años y dichas causas civiles transitaron todas las instancias judiciales: hubo fallos de primera instancia, sentencias de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y, ahora, una decisión de la Corte de Justicia, que definió denegar las demandas por daños y perjuicios de los hermanos Balmaceda. ¿Qué implica la sentencia del máximo tribunal? Que la provincia no deberá pagar la indemnización que solicitaron quienes estuvieron imputados y fueron absueltos por el brutal crimen. Sobre el monto en juego, Juan José y Jorge Luis habían solicitado, entre los dos, casi 2.300.000 pesos, los que, actualizados, habrían alcanzado unos 17 millones de pesos, indicaron las fuentes.
Las sentencias que clausuraron las demandas de los hermanos Balmaceda fueron dictadas por la Sala Primera de la Corte de Justicia, integrada por Adriana García Nieto, Juan José Victoria y Daniel Olivares Yapur. Lo llamativo de los fallos es que ambos vieron la luz el mismo día, pese a que los expedientes tuvieron tiempos distintos: la demanda de Juan José tuvo un rechazo de la Cámara de Apelaciones en octubre del año pasado; mientras que la acción de su hermano Jorge recibió una negativa de Cámara en marzo de este año. Incluso, los fundamentos que utilizó la Corte para no dar lugar al pedido de los Balmaceda fueron prácticamente idénticos.
¿Cuál fue el principal elemento que los hermanos utilizaron para demandar al Estado? Que, en 1999, la propia Corte de Justicia, a través de la Sala III, integrada por Adolfo Caballero, Juan Carlos Caballero Vidal y Eduardo Balaguer, resolvió que la prisión preventiva que cumplieron (la cual fue más allá de los dos años que establece la ley), fue "ilegítima" y "negligente" y que se trató de un "trámite moroso y errático". Así, Juan José y Jorge entendieron que el Estado les ocasionó un daño y un perjuicio que debía ser reparado.
Tanto el juez de primera instancia como la Cámara Civil rechazaron la demanda, lo que ahora fue confirmado por la Corte. En el escrito, los ministros indicaron que, en la causa presentada, "no se cumplen los recaudos necesarios para responsabilizar al Estado". También indicaron que "la prisión preventiva forma parte de las actividades que lícitamente despliega el juez penal en el ejercicio de la función que se le ha encomendado" y que "el error judicial indemnizable solamente se configura cuando se acredita que la medida adoptada resulta objetivamente contradictoria a los hechos que surgen de la causa". Además, remarcaron que "se considera que el error tiene que tener el grado de inexcusable, o sea, ser producto de dolo (intención), negligencia, imprudencia o impericia no excusable". En este caso, "la anulación de la prórroga de la detención preventiva dictada por la Corte (en 1999) no constituye la hipótesis de dolo, error judicial grosero o negligencia inexplicablemente grave".
- Un crimen de terror e impune
Según las crónicas, a María Rosa la golpearon en la nuca para aniquilar su resistencia. La descuartizaron en partes y esas partes también fueron blanco de maniobras brutales. Por ejemplo, le sacaron cabellos y el cerebro del cráneo; le arrancaron varios dientes; la carne y otros tejidos fueron eliminados de los huesos con un elemento filoso. En esos restos óseos, ya "limpios", se pudo detectar que hubo un fuego localizado que dejó, en un mismo sector, calcinación, carbonización y ningún daño en el lado opuesto a la acción del calor. Cuando la mataron, tenía 34 años, estaba casada con Juan José Balmaceda y era madre de dos hijos.
>> Otras demanda que no prosperaron
En agosto 2022, la Corte dio por cerrado un juicio millonario que el empresario Eduardo Fornasari había iniciado contra la provincia por el tiempo que estuvo detenido bajo la sospecha de instigar el atentado a Hugo Naranjo, causa en la que terminó desvinculado. El tribunal confirmó que la detención de Fornasari no fue irregular y que tampoco fue arbitrario el proceso penal ni el encarcelamiento.
Quienes también atravesaron un juicio, fueron absueltos y presentaron una demanda, fueron los ingenieros Carlos Rudolph y José Mattar. Los profesionales demandaron a la UNSJ. En mayo pasado, el juez mendocino Pablo Quirós desestimó la demanda al señalar que no se probó "ni la existencia del dolo o culpa en la denuncia penal".