Sólo un porcentaje muy reducido de los pacientes que tienen indicación de la cirugía de la obesidad logran acceder a ella. Esto sucede fundamentalmente por cuestiones administrativas: los agotan con pedidos, les niegan la autorización en base a criterios individuales de cada obra social o reglamentaciones internas que modifican índices o aspectos médicos para no darles acceso, y que son producto de la inventiva. Se trata de una realidad que no hace más que demorar el acceso al tratamiento, exponer al paciente en muchos casos a complicaciones irreversibles que se podrían haber evitado. En síntesis, una pérdida de oportunidades de tratamiento para una enfermedad que cada año se cobra casi 3 millones de vidas en el mundo.
- Efecto pandemia
A partir del surgimiento de la pandemia de Covid-19, la situación de falta de acceso a los tratamientos de la obesidad ha empeorado. Se detuvieron bajo la premisa de que lo prioritario era la pandemia. Obras sociales y prepagas suspendieron la atención de todos los programas de obesidad. Y es justamente al revés: había que continuarlos para sacar a quienes presentan esta enfermedad del exceso de riesgo ante el coronavirus.
- El reclamo médico
Desde la Sociedad Argentina de Cirugía de la Obesidad hicimos reclamos y enviamos cartas a obras sociales y prepagas advirtiendo que las personas con obesidad cuanto antes dejen de padecer la enfermedad, mejor. Porque esta pandemia tiene por delante años y con la cirugía de la obesidad en tres meses el paciente logra un importante descenso de peso lo cual reduce este riesgo.
Si bien la Ley 26.396 de "Prevención y Control de Trastornos Alimentarios" -conocida como la Ley de Obesidad-, que data de 2008, habla de la obligación de cobertura al incluir dentro del Plan Médico Obligatorio (PMO) todas las terapias para obesidad, la realidad es que esta legislación nunca tuvo una reglamentación. Solo se emitió una resolución interna (742/9) del Ministerio de Salud que cubrió el vacío de norma de aplicación existente desde lo legal. Esta situación dio lugar a la confusión entre lo que está cubierto y lo que está indicado. Y, así, ocurre que hay casos en los que está indicada la cirugía pero no tiene cobertura.
- Ley desactualizada
Por otra parte, la ley ha quedado desactualizada ya que las leyes son estáticas pero los conocimientos médicos son dinámicos. En estos últimos 12 años se han desarrollado nuevas técnicas y se han demostrado las ventajas del procedimiento quirúrgico para distintos grupos de pacientes. Esa resolución que marcaba esta norma de obligatoriedad para la cobertura, hoy en día deja sin acceso al tratamiento quirúrgico a muchos pacientes que desde el punto de vista científico sabemos que se benefician. Existe, entonces, una obstrucción desde lo legal por desconocimiento, porque en realidad la ley y la resolución del Ministerio de Salud quedaron detenidas en el tiempo.
Por ejemplo, la Ley estipula que antes de acceder a la cirugía de la obesidad los pacientes deben haber atravesado dos años de tratamiento dietario y psicológico previo sin éxito. Pero uno de los aspectos en los que hemos avanzado estos años es el tratamiento de personas que padecían diabetes mal controlada y obesidad leve. En estos pacientes el tiempo es crucial, pues cuando pasan ocho años de desarrollo de la diabetes la cirugía deja de tener tanta efectividad porque el páncreas se termina agotando.
- Derecho constitucional
En tanto, si se analiza desde lo legal, hay un derecho constitucional que está por encima de cualquier reglamentación: el derecho de acceso a la salud. Y esta reglamentación va en contra de ese derecho al negarle la posibilidad del acceso a la salud, al obligarle a perder tiempo. Por supuesto, no hay que perder de vista que, en torno a la obesidad, también existe una gran presión por intereses económicos. Pero no se puede ni debe permitir que esos intereses atenten contra la salud de la población. Es hora de que la obesidad sea considerada una enfermedad y que la legislación garantice el verdadero acceso a su tratamiento.
Pérdida de tiempo
La resolución obliga a que los pacientes pierdan dos años de tiempo intentando algo para fracasar, para que después se les quite chance de responder a un tratamiento beneficioso para la diabetes. Por lo tanto, la Ley desconoce los progresos y las nuevas aplicaciones de esta cirugía y con su resolución perjudica justamente a los pacientes, quitándoles oportunidades. No solo es un obstáculo sino también un perjuicio. Porque desde el punto de vista médico en esos dos años la diabetes y otras comorbilidades producen complicaciones que son irreversibles. Se le está agregando daño al paciente.
Por el Dr. Jorge Harraca
Coordinador de Asuntos Legales y Laborales de la Sociedad Argentina de Cirugía de la Obesidad (SACO). M.P. 8.303