Ambos son personal de planta permanente del Tribunal de Cuentas, en el que cumplen funciones de auditores de cuenta. Como tales, se presentaron en un programa de televisión porque, junto a unos 20 pares, habían presentado un escrito cuestionando la falta de llamado a concurso para cubrir cargos superiores de Fiscales de Cuentas. En la emisión televisiva, indicaron que dichas vacantes se estaban cubriendo de manera interina por gente "puesta desde afuera del Tribunal", es decir, por profesionales que no eran parte de la plantilla del órgano de control. Así, dejaron traslucir que se les estaba coartando la posibilidad de ascender en el escalafón. En esa línea, apuntaron contra las autoridades del Tribunal por haber nombrado como fiscales a "gente que no está capacitada o que nunca ha ejercido el control y no sabe del tema". Para el Tribunal, Viviana López Pérez incurrió en una "falsedad" en sus "dichos a la prensa", mientras que Alejandro Porolli tuvo "expresiones agraviantes para los Fiscales de Cuenta y los miembros del Tribunal", por lo que sancionó a ambos. A la primera le aplicó un apercibimiento (llamado de atención) y, al segundo, dos días de suspensión.

Los castigados dieron sus declaraciones el 26 de abril en el programa De Sobremesa, que se emite por Canal 8. Según indicaron fuentes calificadas, la sanción, además de representar una mancha en el legajo de los profesionales, también implica una baja en la remuneración mensual por beneficios que pierden al haber incurrido en una falta laboral.

La resolución del Tribunal, a la que accedió DIARIO DE CUYO, fue dictada a principio de mes, luego de iniciado un proceso administrativo interno, en el que los protagonistas reconocieron sus expresiones en el medio televisivo y aclararon el sentido que le dieron a las mismas. En la administración pública no recordaban antecedentes como la sanción a la que arribó el órgano de control de las cuentas provinciales, en la que se castiga a personal de planta permanente del Estado por las declaraciones que brindó en un medio de comunicación. Las fuentes indicaron que la sanción no se dio por el hecho de hablar ante la prensa, sino por "el contenido falaz y agraviante" de las manifestaciones.

Según lo que entendió el Tribunal, ambos empleados incurrieron en faltas establecidas en el Estatuto y Escalafón para el Personal Civil de la Administración Pública, el que establece la prohibición a los agentes a "referirse en forma despectiva por la prensa o cualquier otro medio de difusión a las autoridades o a sus actos, pudiendo, sin embargo, en publicaciones firmadas, criticarlos desde el punto de vista doctrinarios o de organización del servicio". También, dicha norma establece la obligación de "observar en el trabajo y fuera de él, una conducta decorosa y digna de consideración y de la confianza que su estado exige" y "conducirse con tacto y cortesía en sus relaciones con el público, conducta que deberá observar asimismo con sus superiores, compañeros y subordinados".

Así, los tres vocales (Daniel Pérez Celedón, Víctor Aldo Molina y Enrique Conti), la vice Graciela Chaves y el presidente del Tribunal, Isaac Abecasis, coincidieron en que López Pérez, al haber manifestado que accedió al cargo de auditora y ascendió al escalafón 22 "rindiendo un concurso", mintió e hizo un mal manejo de la información porque reconoció, en su descargo administrativo, que su ingreso se dio gracias a una "aprobación de un examen de capacitación" y no por un concurso de oposición y antecedente. En el caso de Porolli, en el organismo entendieron que su declaración fue más grave, ya que, al referirse a "la capacidad, experiencia o preparación" de los fiscales, "importa una imputación al Tribunal mismo, en el sentido que este no estaría cumpliendo con la legislación vigente referida a los requisitos necesarios para ser fiscal".

 

  • CLAVES

 

Postura
El vocal Daniel Pérez Celedón hizo moción para que a la auditora López Pérez se le llame la atención para que “tanto en su lugar de trabajo como fuera de él, se exprese usando lenguaje técnico profesional sin errores”

Dureza
La vicepresidenta Graciela Chaves sostuvo que los dichos de Porolli fueron “al menos descalificatorios” y que, junto a López Pérez, incurrió en conductas “rayanas con injurias, calumnias o difamaciones” que afectan al cuerpo.

Castigo
El Tribunal resolvió aplicarle a López Pérez una sanción de apercibimiento por la falsedad de sus dichos y, a Porolli, una suspensión de dos días por las expresiones “agraviantes” hacia los fiscales y los miembros del Tribunal.