Un Tribunal de Ejecución hizo punta en San Juan y se convirtió en el primero en declarar la inconstitucionalidad de la aplicación de la ley del 2×1 para casos de condenados por delitos de lesa humanidad. La resolución trascendió ayer en la tarde y comprende a Alejandro Lazo, a quien además le negó la excarcelación que había solicitado su abogado defensor, Marcelo Fernández, aseguraron fuentes calificadas. El fiscal Federal Francisco Maldonado había presentado ayer su negativa a la puesta en práctica de la norma y también había propuesto su inconstitucionalidad.

Por mayoría, la Corte Suprema de Justicia había aceptado la instrumentación del beneficio de reducción de pena, conocido como 2×1, para un castigado por crímenes de lesa humanidad (Ver aparte). El mismo estuvo vigente desde 1997 hasta 2001 (cuando fue derogada la norma) y computaba por dos cada día de prisión preventiva, por encima de los dos años. Si bien el máximo tribunal lo resolvió por un caso en particular, desató las presentaciones de los abogados de los represores de todos el país. Distintos tribunales ya han rechazado su aplicación, pero es la primera vez que uno declara la inconstitucionalidad de la norma.

El defensor de Lazo había dicho que con el 2×1, su cliente ya había cumplido la condena.

El Tribunal de Ejecución que le dijo no a Lazo está integrado por los jueces Héctor Cortes, Alejandro Piña y Raúl Fourcade, los mismos que condenaron al militar retirado a 10 años de cárcel. Esto es así porque la sentencia aún no está firme, debido a que la apeló su defensor. En su fallo, los magistrados entendieron que la aplicación del cómputo privilegiado para penados por delitos de lesa humanidad implica un tratamiento desigual a quienes se encuentran con prisión preventiva por delitos recientes. Por eso, consideraron que es inconstitucional porque afecta el principio de igualdad ante la ley, indicaron las fuentes.

El fiscal Maldonado también había planteado la inconstitucionalidad porque el fallo va en contra del principio de proporcionalidad de la pena, ya que se estaría disminuyendo el reproche penal que impuso en su momento el Tribunal Oral Federal. Además, había señalado que no corresponde la aplicación de la ley más benigna porque mientras el 2×1 estuvo vigente, Lazo no estuvo detenido.

 

El polémico fallo de la Corte Suprema

Con los votos de Elena Highton, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz, la Corte Suprema declaró aplicable el cómputo del 2×1 para el caso de un condenado por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura. La decisión sostuvo que el beneficio de la ley penal más benigna resulta extensivo y se aplica “siempre” a todos los delitos, sin distinción. Ricardo Lorenzetti y Carlos Maqueda votaron en contra.